El Poder Judicial ratificó la condena de nueve años y cuatro meses de prisión efectiva impuesta al exfiscal superior Abel Concha Calla, por ser autor del delito de tráfico de influencias (simuladas y reales) en agravio del Estado.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez César San Martín, declaró infundada la apelación presentada por la defensa del exfiscal.
El fallo ratifica también la inhabilitación por 15 años, el pago de una multa de S/ 21 290 y una reparación civil de S/ 220 000 a favor del Estado peruano.
Según la información que compartió el Poder Judicial en sus redes sociales, Concha Calla invocó influencias simuladas ante el entonces alcalde de Chiclayo, David Cornejo Chinguel, y reales ante la empresaria Mirtha Gonzales Yep, comprometiéndose a interceder ante funcionarios públicos para favorecer intereses particulares a cambio de dinero y otros beneficios.
De acuerdo con la resolución judicial, la Sala concluyó que las pruebas eran contundentes: “Elio Abel Concha Calla invocó tener influencias simuladas ante David Cornejo Chinguel, y se comprometió a interceder […] recibiendo una suma dineraria (S/ 20 000 —veinte mil soles—)”
Además, se resaltó que el procesado ostentaba la calidad de fiscal superior, por lo que su conducta encajaba plenamente en la figura penal de tráfico de influencias.
Finalmente, el tribunal también rechazó los argumentos de la defensa relacionados con la supuesta invalidez de las pruebas y el origen lícito de los documentos hallados durante las diligencias. La sentencia, emitida el 26 de junio de 2025, tiene carácter definitivo.
(FIN) ETA/CVC
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Publicado: 2/7/2025