SPDI: límites de Perú y Colombia se establecieron de manera inalterable por ambas partes

Agrega que asunto sobre isla Santa Rosa "fue resuelto de manera definitiva"

Foto: ANDINA/difusión.

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12:31 | Lima, ago. 5.

La Sociedad Peruana de Derecho Internacional (SPDI) respaldó el comunicado oficial de la Cancillería de la República y aseguró que los límites de nuestro país y Colombia se establecieron de manera inalterable por ambas partes.

Manifestó, en ese sentido, su enérgico rechazo a las recientes declaraciones del presidente colombiano, Gustavo Petro, "en las que insinúa que Perú habría violado el tratado de límites entre Perú y Colombia".

"Los límites entre Perú y Colombia fueron establecidos de manera inalterable por ambas partes, conforme a los instrumentos bilaterales y al Derecho Internacional, los cuales consagran fronteras definitivas e inviolables", refiere.

Señala, asimismo, que los cambios morfológicos en el cauce del río Amazonas, fenómenos naturales ajenos a la voluntad de los Estados, "no afectan en modo alguno los límites".

Sostiene al respecto que el derecho internacional es categórico "al establecer que las variaciones fluviales no modifican los tratados de límites, los cuales se sustentan en normas imperativas y en principios jurídicos irrevocables".

"La Sociedad Peruana de Derecho Internacional recuerda que los límites de Perú están debidamente definidos por instrumentos internacionales de carácter pétreo, los cuales gozan de plena validez y obligatoriedad jurídica", manifestó. 

Agrega, además, que "el asunto relativo a la isla Santa Rosa ha sido resuelto de manera definitiva a la luz de los acuerdos suscritos entre ambas partes".

"Perú siempre ha sido y es un Estado respetuoso de los tratados y del ordenamiento jurídico internacional, actuando con apego irrestricto a los principios de paz, seguridad jurídica y buena fe que rigen las relaciones entre naciones", refiere. 

"Por último, la Sociedad Peruana de Derecho Internacional insta a continuar fortaleciendo el diálogo bilateral y los mecanismos de consulta diplomática, en el marco del respeto irrestricto al derecho internacional y a la soberanía de los Estados", añade.


(FIN) JCC
GRM

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Publicado: 5/8/2025