La congresista Digna Calle, de la bancada Podemos Perú, propuso el retiro de hasta el 95.5 % de los fondos de la AFP para los afiliados que tengan enfermedad terminal o un diagnóstico de cáncer, y del 100 % cuando el afiliado decide migrar al extranjero para establecer su residencia de manera definitiva.
El proyecto de ley 10170/2024-CR precisa que en
caso de enfermedad terminal o cáncer que reduzca su expectativa de vida, debidamente declarada por una institución prestadora de salud, se podrá solicitar una jubilación anticipada,
siempre y cuando no pueda acceder a una pensión de invalidez.
En ese caso, también podrá optar por retirar el 95.5 % del fondo acumulado en la AFP, incluyendo su rentabilidad, y dejar el saldo de 4.5 % para garantizar el acceso a las prestaciones y beneficios de la seguridad social en salud en EsSalud.
Si el afiliado decide vivir en el exterior, el proyecto de ley autoriza la transferencia del 100 % de sus fondos a cuentas individuales de capitalización al exterior o cuentas de ahorro, en un plazo de cinco días, previa acreditación del domicilio del aportante en el extranjero.
Otros retiros
La iniciativa propone además que los afiliados de la AFP podrán disponer de hasta el 50 % de sus fondos por razones de desempleo durante más de 60 días calendario, en caso de que sea menor de 55 años y acreditar su cese del vínculo laboral.
Podrá disponer también, por única vez, del 50 % para pagar estudios superiores en el ámbito nacional o en el extranjero, bajo la modalidad presencial o virtual o cuando requiera solventar los estudios de sus hijos, cónyuge o conviviente.
El proyecto de ley sostiene que los fondos retirados tendrán la condición de intangible y no podrá ser objeto de descuento por cobro de comisión por parte de la AFP, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa.
La congresista Calle argumenta que en el caso del retiro por enfermedad terminal o un diagnóstico de cáncer, la norma actual permite el retiro de hasta el 50 % de los fondos de la AFP, monto que considera insuficiente para atender los requerimientos médicos paliativos en estas circunstancias.
Precisa, asimismo, que el trabajador aportante a una AFP tiene limitaciones económicas para financiar sus estudios superiores o de su núcleo familiar, como sus hijos y cónyuge, quienes renuncian o abandonan la posibilidad de cursar estudios superiores por falta de recursos.
“Existen afiliados que tienen más oportunidad de acceder al sector privado para cumplir una meta de superación académica, o de su núcleo familiar, lo que a su vez repercutirá en la expectativa de insertarse en el mercado laboral mejor remunerado”, precisa.
En el caso de la transferencia al extranjero de los fondos del afiliado, cuando tenga residencia permanente en el extranjero, la parlamentaria precisa que los requisitos que establece la actual norma para este trámite presenta limitantes que dificultan el acceso a estos recursos.
Segunda iniciativa de retiro
El PL 10153/2024-CR plantea el retiro para mitigar los efectos de la contracción económica, la inflación persistente y el incremento en el costo de vida de los afiliados. Se podrán recibir desembolsos mensuales de hasta una UIT (S/ 5,350) cada 30 días, hasta completar el retiro total de cuatro UIT.
(FIN) FHG/CVC
GRM
Más en Andina:
Publicado: 11/2/2025