La Superintendencia Nacional de Migraciones recomienda a los padres de familia tener en cuenta, según sea el caso, los documentos correspondientes para viajar al extranjero con sus hijos menores de edad, así como para los viajes de promoción de los colegios, durante las Fiestas Patrias.
La entidad precisó que, si los niños o adolescentes requieren viajar al exterior solos o en compañía de uno de sus progenitores o apoderados, se deberá gestionar con anticipación y presentar en físico la autorización de viaje notarial, judicial o consular para menores de edad.
Asimismo, enfatizó que se deberá tener a la mano los documentos de identidad, la cuales serán solicitadas y verificadas por los inspectores al momento del control migratorio de salida del país.
Tipos de autorización para viajes con menores de edad
La autorización de viaje notarial tiene que una vigencia de 90 días desde su emisión y puede ser usada solo una vez. Es un documento certificado notarialmente mediante el cual los padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad dentro o fuera del territorio peruano, para que viaje solo, acompañado por uno de ellos o por otro adulto.
En caso uno de los padres del menor se encuentre ausente (abandono familiar) o exista un proceso judicial en curso, o con sentencia, se tendrá que presentar la autorización de viaje judicial correspondiente.
En tanto, si uno de los padres o los dos se encuentran en el extranjero, el menor (con acompañante si fuera el caso) deberá presentar la autorización de viaje consular emitida en el consulado peruano correspondiente. Dicho permiso deberá ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Lima, previo al viaje del menor.
¿Qué debe contener la autorización de viaje del menor?
· Ciudad de salida y de destino, así como la fecha de salida y retorno.
· Datos de la persona que otorga el permiso.
· Datos de la persona responsable del menor durante el viaje y estadía fuera del territorio nacional y también de la aerolínea o medio de transporte que se usará.
· Documento de viaje o de identidad que identifique al menor.
En el caso de que el menor viaje con ambos progenitores, no es necesario presentar ningún permiso de viaje.
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Publicado: 9/7/2025