El Congreso de la República publicó hoy la Ley N° 30481 que crea el distrito de Megantoni, con su capital el centro poblado de Camisea, en la provincia de La Convención, departamento de Cusco.
Según la norma, los límites territoriales del distrito de Megantoni son, por el norte, el distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, en el departamento de Ucayali. Este límite se inicia en el límite tripartito interdepartamental Cusco, Junín y Ucayali, divisoria de aguas del río Sensa con la quebrada Mayapo y el río Sepa.
Por el este limita con el distrito de Fitzcarrald, provincia de Manu del departamento de Madre de Dios. Este límite se inicia en el punto tripartito interdepartamental Cusco, Ucayali y Madre de Dios. Por el sur y el oeste limita con el distrito de Echarati, provincia de La Convención del departamento de Cusco.
La disposición legal establece que el Poder Ejecutivo dictará las disposiciones correspondientes a fi n de dotar de autoridades político administrativas a la nueva circunscripción que se crea por la presente Ley.
Por su parte, el Poder Judicial dispondrá las acciones necesarias a fin de dotar al distrito que se crea por la presente Ley de las autoridades judiciales correspondientes. En tanto, el Jurado Nacional de Elecciones adopta las acciones necesarias para la elección de las autoridades municipales del distrito de Megantoni de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales.
El Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (Reniec) realiza las acciones necesarias para otorgar a la población del nuevo distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados.
En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el nuevo distrito de Megantoni, la administración de los recursos y la prestación de los servicios públicos son atendidas por la Municipalidad Distrital de Echarati, correspondiéndole además el manejo de los recursos reasignados a la nueva circunscripción, de conformidad con el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento de la Ley 27555, aprobado por el Decreto Supremo 031-2002-EF.
La Municipalidad Distrital de Echarati constituirá una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda al distrito de Megantoni hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicho distrito, la cual estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Tales funciones no implican en ningún caso la administración y manejo de recursos.
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