En esta época del año despierta el interés de los trabajadores formales conocer si les corresponde recibir el pago de las utilidades. En ese sentido, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) brinda todos los detalles para conocer el tema.
“Las empresas que están obligadas al pago de utilidades son aquellas que generan rentas de tercera categoría y que tengan más de 20 trabajadores en planilla”, explicó la analista legal de la Sunafil, Fabiola Rueda, a Andina Canal Online.
“Si laboro en una empresa que cumple esos dos requisitos, entonces estará en la obligación de repartir las utilidades, las cuales representan un porcentaje de la renta neta obtenida por las empresas como resultado de su gestión”, agregó.
¿Qué es la renta neta?
Fabiola Rueda señaló que la renta neta constituye las ganancias que obtuvo la empresa luego de descontar impuestos, pérdidas, gastos e inversiones durante un periodo anual.
“Eso que queda como ganancia de la empresa es lo que está obligada a repartir un porcentaje entre sus trabajadores”, manifestó.
¿Cuáles son los trabajadores con derecho a utilidades?
La especialista de la Sunafil indicó que reciben el pago de utilidades todos los trabajadores en planilla que al menos hayan laborado un día en el año contabilizado.
Fabiola Rueda aclaró que el beneficio de utilidades incluye a trabajadores temporales, de plazo indefinido, de tiempo completo, de tiempo parcial, extranjeros y peruanos. Los practicantes no reciben utilidades.
Para recibir utilidades no es necesario que el trabajador continúe laborando en la empresa, pues los extrabajadores que estuvieron el año anterior también recibirán dicho beneficio.
¿Cómo se calculan las utilidades?
“Para el cálculo de las utilidades, el primer factor que debemos tener en cuenta es el sector o la actividad que realiza la empresa, porque el porcentaje de la ganancia obtenida y que será repartida entre los trabajadores varía de acuerdo al rubro de la empresa”, sostuvo Fabiola Rueda.
Detalló que para el caso de las empresas industriales, pesqueras y de telecomunicaciones se repartirá a los trabajadores en planilla el 10% de la renta neta; para las compañías mineras, del sector comercio y restaurantes será 8%, y para todas las demás empresas será 5%.
¿Cuánto le toca a cada trabajador?
La funcionaria de Sunafil señaló que cuando el empleador paga las utilidades a los trabajadores, también tiene la obligación de entregar una “Hoja de Liquidación” a los beneficiarios, donde se puede verificar cómo se produjo el cálculo y cuánto le toca a cada trabajador.
Explicó que el 50% del total a distribuir está en función a los días laborados por el trabajador en la empresa, y el otro 50% se repartirá considerando la remuneración total percibida por el trabajador durante el año.
“Existe un tope máximo de 18 remuneraciones para el pago de utilidades, y sobre ese monto no puede recibir más el trabajador”, refirió.
¿Cuándo se pagan las utilidades?
Fabiola Rueda indicó que “el pago de las utilidades está ligado a la obligación tributaria de presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta”.
Sostuvo que las utilidades se deben pagar en un plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Sunat por parte de la empresa.
La fecha límite depende del calendario emitido por la entidad recaudadora (empieza el 26 de marzo), es decir, el plazo para el depósito de utilidades vencería 30 días después.
Sin embargo, hay empresas que pagan las utilidades a sus trabajadores entre los meses de febrero y marzo.
“No pagar de forma íntegra cualquier beneficio a los trabajadores, como es el caso de las utilidades, es una infracción que tiene la calificación de grave y puede ser sancionada con más de 120,000 soles, dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados”, enfatizó.
La especialista de Sunafil indicó que durante el 2021 se registraron 1,764 denuncias, de las cuales se generaron 1,327 órdenes de inspección.