El Congreso oficializó la Resolución Legislativa 002-2020-2021-CR, por la cual modifica su reglamento para implementar sesiones virtuales en circunstancias de gravedad, como la emergencia por el coronavirus.
La resolución, publicada en el
Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene por objetivo garantizar el funcionamiento de la organización y del servicio parlamentario, en circunstancias de gravedad que impidan la participación presencial de los congresistas, funcionarios y trabajadores.
De esta manera, en las situaciones en que se haga imposible el normal funcionamiento del Legislativo, la mesa directiva propondrá que las funciones parlamentarias se lleven a cabo a través de medios virtuales, digitales o de cualquier otro método tecnológico.
Asimismo, los despachos congresales y los grupos parlamentarios podrán funcionar de manera virtual o remota, utilizando las herramientas tecnológicas que les facilitará la administración del Parlamento.
Para efectos de la verificación del quorum y de la votación se podrá considerar, salvo previsión contraria, que el portavoz traslade el voto nominal de los miembros que componen su grupo parlamentario.
La herramienta digital o tecnológica que se implemente para estos efectos debe garantizar el carácter público de los debates virtuales, salvo que se justificara su carácter reservado o secreto.
De igual forma debe garantizar la identificación y el ejercicio pleno de los derechos de los congresistas que integran los órganos parlamentarios, entre los que destacan los derechos de participación, deliberación y voto.