El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la eficiencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).
Según el Decreto Supremo Nº 292-2024-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el reglamento tiene por finalidad contribuir a la correcta aplicación de lo dispuesto en el Decreto Legislativo, que establece un marco jurídico que ordena, sistematiza y promueve la eficiencia de la actividad empresarial de las empresas del Estado.
Son instrumentos normativos y operativos que permiten al
Fonafe estructurar, coordinar y optimizar la gestión de sus procesos. Según la norma, estas herramientas establecen las directrices para la distribución de funciones, la asignación de responsabilidades, y la administración de los recursos.
Entre las precisiones del reglamento destaca que los directores de Fonafe deben participar en el 100% de las sesiones que se celebren en el período de un año, salvo que se presente una justificación razonable. Constituyen justificaciones razonables las que sean debidamente sustentadas, debiendo constar la ausencia en el acta de sesión respectiva.
Asimismo, por su participación en cada sesión de directorio, los directores de Fonafe perciben una dieta, cuyo monto es determinado por la Junta de Representantes del fondo, la misma que determinará el número máximo de dietas que puede percibir cada director en un periodo determinado
El Decreto Supremo Nº 292-2024-EF establece que es función del Fonafe dirigir la implementación del buen gobierno corporativo y otras buenas prácticas de desempeño empresarial a través de la aprobación del Código de Buen Gobierno Corporativo que contiene los siguientes aspectos: buen gobierno corporativo, gestión de riesgos, integridad y lucha contra la corrupción, sostenibilidad, conducta empresarial responsable y otras que establezca Fonafe.
Las empresas del Estado deben desarrollar un sistema de gestión que considere la integración de criterios Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ASG), mediante procesos, objetivos e indicadores de sostenibilidad para la gestión eficiente de los recursos y la contribución al desarrollo sostenible.
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Publicado: 29/12/2024