El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 167 millones 958,957 soles a favor de dos ministerios, cuatro gobiernos regionales y 15 municipalidades, para financiar 41 intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios.
Mediante
Decreto Supremo Nº 257-2019-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó una transferencia de 102 millones 162,328 soles a favor de los ministerios de Salud, y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como para tres gobiernos regionales y 14 municipalidades.
Dicha operación es para financiar 38 intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (Fondes).
El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas se encuentra en los anexos Nº 1: “Transferencia de partidas a favor de pliegos del Gobierno nacional”; Nº 2: “Transferencia de partidas a favor de gobiernos regionales”, y Nº 3: “Transferencia de partidas a favor de gobiernos locales”, los cuales que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del MEF (
www.mef.gob.pe).
El titular de los pliegos, habilitados y habilitador, en la transferencia de partidas, aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de la norma en mención.
Asimismo, a través del
Decreto Supremo N° 258-2019-EF, el MEF autorizó una transferencia de 65 millones 796,629 soles a favor del Gobierno Regional de Piura y de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra, destinado a financiar tres intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondes.
En ambos casos, los recursos de las transferencias de partidas no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.
Además, los pliegos habilitados deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento que determine la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación financiera.
Más en Andina:
(FIN) CNA
Publicado: 9/8/2019