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JNE presenta iniciativa para evitar repetición indefinida de elecciones complementarias

La propuesta establece la gradualidad en la causa de nulidad por inasistencia de electores

ANDINA/Difusión

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09:43 | Lima, set. 28.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) remitió al Congreso de la República un proyecto de ley cuyo objetivo es evitar la repetición indefinida e innecesaria de las elecciones municipales complementarias, así como garantizar la gobernabilidad de ciertas circunscripciones y el derecho a la representación de los electores.

Con ese fin, plantea modificar el artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales e introducir la gradualidad en la causa de nulidad de tales comicios por inasistencia de los ciudadanos al acto de sufragio.

La iniciativa legislativa, aprobada por el colegiado electoral mediante Acuerdo del 18  de setiembre de este año, propone que en la primera elección municipal complementaria sea causa de nulidad del acto electoral la  inasistencia de más del 30 % de los votantes, y que en caso de que se realice una segunda elección de ese tipo sea causa de nulidad la inasistencia de más del 20 % de los votantes.

De acuerdo con el proyecto de ley, no procedería una tercera elección municipal complementaria, con lo cual las autoridades vigentes permanecerían en sus cargos hasta la elección de calendario fijo que se convoque.

Con esta propuesta se busca que las autoridades electas no puedan excederse del período previsto por ley, con el fin de garantizar la debida integración de los órganos representativos, y que su elección tenga el respaldo de los electores, de tal forma que se asegure su legitimidad y fortalezca la confianza ciudadana en el sistema democrático.

También se busca evitar costos y repetición innecesaria de elecciones, dado que cada proceso electoral conlleva un costo significativo tanto económico como logístico, así como garantizar la gobernabilidad en circunscripciones donde históricamente hay baja participación electoral.


La repetición indefinida de elecciones crea desinterés o apatía de los ciudadanos votantes; al bajar el umbral de nulidad se facilita que el proceso avance y se elija a las autoridades necesarias para el funcionamiento del respectivo gobierno”, indica el Acuerdo del Pleno que aprobó el proyecto de ley.

Precisa, además, que reducir el porcentaje de asistencia necesario en la primera y segunda elección municipal complementaria permite adaptarse a la realidad social y política de ciertos distritos (apatía o desinterés electoral). 

Al reducir el umbral, se da un incentivo para que los electores se involucren, sabiendo que la elección será válida con menos participación y no habrá necesidad de otro proceso electoral”, señala.

El propósito es, asimismo, garantizar el derecho a la representación de aquellos que acudieron a votar.

En la exposición de motivos de la iniciativa legislativa se hace referencia a los distritos cajamarquinos de Ninabamba (Santa Cruz) y Pion (Chota), donde las elecciones municipales complementarias realizadas en 2023 y 2024 fueron declaradas nulas por la causa de inasistencia de más del 50 % de los votantes al acto electoral,  lo que conlleva que las autoridades electas para el periodo 2019-2022 continúen en los cargos.

Mediante la citada propuesta, el JNE actúa en ejercicio de la facultad de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 178 la Constitución Política y en observancia de los requisitos exigidos por los artículos 75 y 76, numeral 4, del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República.

(FIN) NDP/JCC

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Publicado: 28/9/2024