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Andina

Sunat establece requisitos adicionales para validez de facturas electrónicas

Insta a las empresas a culminar adecuación de sus sistemas de emisión

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13:35 | Lima, oct. 6.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) introdujo requisitos adicionales para la validez de las facturas electrónicas. Uno de ellos es la forma de pago de las facturas, ya sea al contado o al crédito.

Dicha obligación fue establecida en el Decreto de Urgencia N° 013-2020, publicado en enero del año pasado y que recientemente fue reglamentada por el Decreto Supremo N.º 239-2021- EF.

El objetivo de la norma es impulsar el factoring electrónico, mecanismo que posibilitaría a las micro, pequeña y mediana empresa (mipyme), emprendimientos y startups y negociar dichos comprobantes para obtener financiamiento para la marcha de sus negocios. 


Los nuevos datos que los contribuyentes deben registrar cuando emitan sus facturas son: 

- La forma de pago: si es al crédito o al contado. 

- En caso consigne que es al crédito deberá indicar: el monto neto pendiente de pago y monto(s) y fecha(s) de vencimiento del pago único o de las cuotas.

 En ese sentido, la Sunat instó a los contribuyentes que aún tienen pendiente culminar sus adecuaciones informáticas, acelerar este proceso a fin de evitar inconvenientes que puedan impactar en la validez de sus comprobantes electrónicos. 

La entidad recaudadora recordó que, aunque la adecuación indicada es implementada como parte de lo dispuesto por el citado decreto de urgencia que impulsa el factoring, la obligación alcanza a todos los contribuyentes que emitan facturas electrónicas. 

Por otro lado, la Sunat recordó que, a partir del 1 de enero del 2022 las facturas electrónicas deben ponerse a disposición del cliente y del ente recaudador, mediante los sistemas utilizados para su emisión, en un plazo máximo de hasta dos días calendario, contados desde la fecha emisión del comprobante.

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(FIN) NDP/VLA
JRA

Publicado: 6/10/2021