¡Preste atención! Si usted presta servicio de Airbnb es obligatorio el registro de las personas extranjeras que hacen uso de este sistema en la nueva plataforma virtual de Migraciones, de acuerdo con un reciente decreto supremo que modifica la Ley de Migraciones y su Reglamento, señaló Arturo Prada, subdirector de Fiscalización Migratoria.
De igual forma, agregó, las personas que arriendan un departamento o los establecimientos de hospedaje con personería jurídica también deben realizar
este registro que entró en vigencia desde el 10 de diciembre.
Según el funcionario, la plataforma de registro de extranjeros de migraciones es de fácil acceso y el llenado de datos es muy sencillo, incluso para las personas que no se encuentran tan familiarizados con las herramientas informáticas.
Para los que arriendan, alquilan o tienen un Airbnb, lo único que tiene que registrar es el número de documento de identidad del extranjero.
Con respecto a los establecimientos de hospedaje, dijo, los extranjeros tendrán que presentar su pasaporte vigente, en caso se encuentren como turistas, o su Carné de Extranjería o Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) si es que son residentes en el Perú.
Multas
“Los establecimientos de hospedaje con personería jurídica que incumplan este registro, la multa va desde 1 a 2 UIT. Es importante recordar que esta plataforma es totalmente gratuita”, indicó.
Asimismo, precisó que esta multa es solo para los hospedajes, más no para los arrendamientos.
En cuanto, a las personas extranjeras que hayan tenido un ingreso irregular o que su calidad migratoria se encuentre vencida, se le iniciará un proceso sancionador, puntualizó.
De esta forma, tanto los hospedajes como arrendadores podrán mitigar el riesgo de que sus establecimientos puedan ser usados en actividades ilícitas y así, contribuir con la seguridad ciudadana.
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(FIN) ICI
Publicado: 11/12/2024