Precisa que en el nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad; en el nivel de educación primaria, en el nivel de educación secundaria, ubicadas en los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana, comprendidos en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas, listados en la Resolución Ministerial N° 321-2014-MC, del Ministerio de Cultura, o la que la reemplace o actualice.
También, en el nivel de educación secundaria bajo la modalidad de Jornada Escolar Completa (JEC), y en el nivel de educación secundaria bajo las Formas de Atención Diversificada (FAD) y/o Modelos de Servicio Educativo.”
Con respecto a su objetivo general, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna busca garantizar, de forma progresiva, un servicio alimentario para los escolares señalados en el artículo 1, contribuyendo en la reducción de la malnutrición y la inseguridad alimentaria y nutricional.
Sobre sus objetivos específicos, indica que Wasi Mikuna busca garantizar el servicio alimentario durante los días de labores escolares a los usuarios del Programa, respetando la tradición culinaria y diversidad alimentaria y las características del servicio educativo, con la participación activa de los padres de familia y la comunidad educativa.
También, contribuir a mejorar la atención de los usuarios del Programa en clases, favoreciendo su asistencia y permanencia, integrar acciones de educación alimentaria y nutricional en los usuarios del Programa a través del trabajo conjunto con padres de familia y la comunidad educativa.
Funciones del programa social
Sobre las funciones del citado programa social, se establece que brindará un servicio alimentario diversificado de calidad a través de distintos actores, tales como la comunidad educativa organizada, el sector privado y los gobiernos locales, entre otros, implementando modelos de gestión participativos, adecuados al entorno y las características de los usuarios.
Favorecerá el incremento de capacidades en materia de inocuidad alimentaria y el conocimiento y revalorización de la cultura culinaria y diversidad alimentaria regional y local, constituido por prácticas, hábitos de consumo de alimentos saludables y con productos de la agricultura familiar de las zonas de intervención.
Promoverá la intervención articulada de sectores y niveles de gobierno, organismos y programas que compartan o complementen los objetivos del Programa.
Asimismo, Promover la participación y cooperación de la comunidad educativa, las organizaciones sociales y el sector privado en la implementación de las modalidades de gestión, control social y atención de los servicios del Programa.
Modalidades de gestión
El Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, conforme a las directivas que implemente, brinda atención alimentaria diversificada a sus usuarios a través de las siguientes modalidades de gestión:
a) Representantes de los padres de los usuarios, quienes prestan el servicio alimentario de acuerdo a las directivas u otros documentos normativos que apruebe el Programa.
b) Comités de Alimentación Escolar constituidos por integrantes de la comunidad educativa, que presta el servicio alimentario de acuerdo a los recursos, protocolos y directivas que le transfiere el Programa.
c) Participación de entidades de la sociedad civil, sector privado y organizaciones no gubernamentales.
d) Intervenciones articuladas de oficinas desconcentradas del Programa con gobiernos locales.
Organización del Programa
El Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna está a cargo de un director ejecutivo designado mediante resolución ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y se constituye en su más alta autoridad administrativa y ejecutiva, asumiendo la condición de Titular de la Entidad.
Su organización y mecanismos de articulación con otros sectores y niveles de gobierno, sociedad civil, cooperación internacional y el sector privado, entre otros, se desarrollarán en el respectivo manual de operaciones.
Funciones del Consejo Directivo
El Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna cuenta con un Consejo Directivo que ejerce las siguientes funciones: emitir acuerdos vinculantes para la conducción estratégica del programa, supervisar la correcta ejecución técnica, administrativa, presupuestal y financiera de Wasi Mikuna.
También, evaluar de manera periódica los informes sobre el funcionamiento del servicio que brinda el programa social, aprobar la Norma Técnica de Compras del Programa, en el marco de la normativa vigente, aprobar el informe anual de avances y resultados.
Asimismo, disponer que la Dirección Ejecutiva coordine con los respectivos sectores las acciones necesarias para el funcionamiento del servicio que brinda el Programa.
El Consejo Directivo está conformado por siete (7) miembros de acuerdo al siguiente detalle: (01) representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, quien lo preside, un representante del Ministerio de Educación, un representante del Ministerio de Salud, un representante del Ministerio de la Producción, un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, un representante del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna y un representante de los padres de familia, el cual debe ser propuesto por el Ministerio de Educación.
Los miembros del Consejo Directivo ejercen su función ad honórem.
La norma indica también que el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna establece el procedimiento de designación de los miembros del Consejo Directivo y sus funciones específicas.”
Disposiciones complementarias
El Midis, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, en un plazo no mayor de 60 días calendario contado a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo.
A partir de la Vigencia del Manual de Operaciones, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna adecúa sus instrumentos de gestión necesarios y pertinentes en un plazo máximo de 60 días calendario.
Refiere, asimismo, que el Consejo Directivo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna se instala dentro del plazo máximo de 10 días calendario, contado desde la vigencia de la aprobación del Manual de Operaciones de dicho programa social
Indica, además, que el Midis, en un plazo que no excederá de los 30 días hábiles posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo, propondrá la modificación de su Reglamento de Organización y Funciones conforme a lo dispuesto en el presente dispositivo.
Por último, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba las medidas necesarias para asegurar que el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna se realice en el marco de las políticas nacionales en materia de transparencia e integridad.
El Decreto Supremo lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; y es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén Olaya; y por los ministros de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini Montes; de Educación, Morgan Quero Gaime; de Salud, César Vásquez Sánchez; de la Producción, Sergio González Guerrero; y de Desarrollo Agrario y Riego, Ángel Manero Campos.
Más en Andina: