El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) lanzó hoy la convocatoria que permitirá otorgar el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) a 48 familias que perdieron sus casas tras el deslizamiento ocurrido en el distrito Chavín de Huántar, en la provincia de Huari (Áncash).
La convocatoria fue aprobada mediante Resolución Ministerial 254-2022-Vivienda, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, que lleva la firma del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, César Paniagua.
Este bono de arrendamiento es un subsidio de 500 soles mensuales que el MVCS entrega a las familias cuyas viviendas hayan resultado colapsadas o inhabitables debido a desastres naturales o inducidos por acción humana, eventos que deben contar con declaratoria de estado de emergencia y que hayan sido validadas como tales por el MVCS. Dicho monto será otorgado por un plazo máximo de dos años y será destinado para el alquiler de una vivienda.
La relación de familias llamadas a esta convocatoria será publicada en la web del MVCS (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo Mivivienda (www.mivivienda.com.pe).
Para acceder a este bono, las familias damnificadas deberán presentar sus solicitudes desde el 16 de setiembre hasta el 28 de octubre en la municipalidad distrital de Chavín de Huántar, ubicada en la Plaza de Armas 120, o en el Centro de Atención al Ciudadano del MVCS, en jirón Esteban Castromonte 399, urbanización Pedregal Medio, en el distrito y provincia de Huaraz.
Documentos para acceder a bono
Para presentar sus solicitudes, las familias deberán descargar y llenar previamente los documentos que podrán encontrar en la página web del MVCS y del Fondo Mivivienda, y deberán presentarlos hasta 30 días hábiles contados desde la publicación de la convocatoria. Culminado dicho plazo, se pierde el derecho a ser beneficiario.
El primer documento contiene los datos de la familia, de la vivienda a arrendar y del arrendador; el segundo es la declaración jurada de que no se cuenta con otra vivienda en el departamento aparte de la que colapsó o quedó inhabitable.
El tercer documento es un contrato de arrendamiento suscrito entre el representante del grupo familiar y el arrendador de la vivienda, el cual debe tener firmas legalizadas. De lo contrario, se presenta una declaración jurada que indique que no se cuenta con los recursos necesarios para la legalización.
Tras presentar estos documentos en el municipio o en el Centro de Atención al Ciudadano del MVCS correspondiente, el MVCS los evaluará y, de ser el caso, coordinará si se debe subsanar alguna falta.
Con esta información, el MVCS establece la lista final de beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, la cual es remitida al Fondo Mivivienda que deberá publicar la relación final de potenciales beneficiarios y también publica la fecha de inicio del primer cobro que los potenciales beneficiarios, el cual se realizará en el Banco de la Nación con la presentación del DNI.