El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó hoy la transferencia de 1,400 millones de soles para financiar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre del 2022.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 113-2023-EF publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, los recursos serán destinados a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales.
En ese sentido, se autoriza, primero, una transferencia de 1, 200 millones de soles a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales, para financiar el pago de sentencias judiciales del sector Educación en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre del 2022.
Asimismo, se transfieren 200 millones de soles a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales, sin incluir al sector Educación, para financiar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre del 2022.
Todo ello en el marco de los numeral 3 y 6 de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
Anexos
El decreto supemo señala, además, que los pliegos habilitados y los montos de las Transferencias de Partidas por pliego se detallan en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales - Otros Sectores sin incluir Educación” y en el Anexo 2 “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales - Sector Educación”.
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Asimismo, la relación de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2022 a que se refieren los numerales precedentes, se detalla en el Anexo 3 “Sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución - Otros Sectores sin incluir Educación” y en el Anexo 4 “Sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución - Sector Educación”.
Dichos anexos se publicarán en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (
www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (
www.gob.pe/minjus).
“Los recursos de las Transferencias de Partidas del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos”, establece la norma.
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(FIN) RGP/JJN
JRA
Publicado: 12/6/2023