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Sunat realizó operativo de cobranza coactiva al transporte interprovincial

Con deudas de más de S/ 8 millones

ANDINA/Difusión

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13:46 | Lima, set. 11.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) realizó un operativo de cobranza coactiva en doce empresas de transporte interprovincial de pasajeros y de carga que, en conjunto, mantienen una deuda exigible superior a los 8 millones de soles.
  
Para estas acciones de cobranza se contó con la participación de 80 fiscalizadores de la Sunat, entre ejecutores, auxiliares coactivos, interventores y personal de apoyo, que realizaron los operativos, de manera simultánea, en treinta puntos de venta y terminales de las empresas ubicadas en Independencia, La Victoria, Cercado, Rímac, Ate, San Luis y Lurín.
 
Durante el operativo se realizaron embargos en forma de intervención en recaudación, medida que permite tomar el control de los ingresos del contribuyente en su establecimiento comercial, interviniendo sus cajas registradoras, con la finalidad de hacer efectivo el cobro de parte de la deuda. 
 
Asimismo, se realizaron embargos en forma de depósito sobre los bienes de los deudores y se registró información para acciones posteriores, en caso persista la falta de pago de la deuda.
 
Los contribuyentes intervenidos son los que tienen mayor deuda en cobranza y tienen la condición de activos y habidos, pero hasta la fecha no han regularizado sus obligaciones de pago a pesar de las diferentes facilidades otorgadas. Cabe precisar que las deudas que acumulan dichas empresas corresponden a periodos anteriores al año 2024.
 
Este tipo de operativos ya se ha realizado en otros sectores comerciales que agrupan empresas con importantes montos de deudas, como restaurantes, casinos, clínicas y hoteles.
 
La cobranza coactiva es la última etapa de la gestión de cobro de la deuda tributaria, considerando que ante el incumplimiento de las obligaciones se procede a emitir los valores (órdenes de pago, resoluciones de determinación o resoluciones de multa) que, al no ser cancelados, dan inicio al procedimiento mediante la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC).
  
En caso el contribuyente no regularice su situación, la Administración Aduanera y Tributaria está facultada a dictar las medidas que considere necesarias para la recuperación de la deuda, siendo algunas de ellas el embargo en forma de intervención en recaudación, en forma de depósito, retenciones en cuentas bancarias, entre otras.
 
 
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(FIN) NDP/JJN
JRA

Publicado: 11/9/2024