El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró hoy la conformación de 60 jurados electorales especiales (JEE) con la finalidad de impartir justicia en materia electoral para el proceso de elecciones generales del próximo año.
A través de la Resolución 0440-2020-JNE, publicada en el boletín de
Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se declara la conformación de 28 JEE, los cuales se instalarán e iniciarán sus actividades el 16 de noviembre de este año.
Este grupo está integrado por los JEE de Chachapoyas, Huaraz, Abancay, Arequipa 1, Huamanga, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Huancayo, Trujillo, Chiclayo, Lima Centro 1, Lima Centro 2, Lima Oeste 1, Huaura, Maynas, Tambopata, Mariscal Nieto, Pasco, Piura 1, Puno, Moyobamba, Tacna, Tumbes y Coronel Portillo.
Asimismo, se declara la conformación de un segundo grupo de 32 JEE que se instalarán e iniciarán sus actividades desde el 1 de marzo del próximo año.
Entre estos están los JEE de Bagua, Santa, Huari, Andahuaylas, Arequipa 2, Castilla, Cangallo, Lucanas, Chota, Jaén, Canchis, Huamalíes, Leoncio Prado, Chanchamayo, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Lambayeque, Cañete, Huarochirí, Lima Norte 1, Lima Norte 2, Lima Norte 3, Lima Oeste 2, Lima Oeste 3, Lima Sur 1, Lima Sur 2, Lima Este 1, Lima Este 2, Alto Amazonas, Piura 2, Sullana y San Román.
Además, el dispositivo establece poner la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, de los ministerios del Interior y Defensa, y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de las cortes superiores de justicia, de las juntas de fiscales superiores, así como del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Los jurados electorales especiales son órganos temporales creados específicamente para cada proceso electoral, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia.
(FIN) JCC/CVC
GRM
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Publicado: 11/11/2020