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Retiro de CTS: ¿Ejecutivo observará norma en caso de que se apruebe en el Congreso?

Ministro Daniel Maurate da a conocer futura posición del Gobierno al respecto

Foto: ANDINA/difusión.

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14:52 | Lima, abr. 26.

El Congreso de la República se encuentra próximo a discutir una posible autorización del retiro de fondos de la cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en beneficio de los trabajadores formales. En caso de que esta ley llegue a ser aprobada por el Poder Legislativo, ¿cuál sería la posición del Gobierno?

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate, aseguró que primero se evaluará la exposición de motivos de los congresistas para ponderar si la medida tiene justificación o no.




"Si hay una excepcionalidad [para su aprobación] la vamos a analizar cuando llegue la autógrafa al Ejecutivo. Va a llegar también al sector y seguramente ahí haremos un pronunciamiento si la observamos o no", precisó Maurate en diálogo con Andina al Día de Andina Canal Online.

El titular del MTPE consideró que este tipo de leyes no deberían convertirse en política pública ya que desprotegerá a muchos peruanos que pudieran quedar sin empleo por diversos motivos.

"No puede ser que como una política general, permanente, haya un retiro de fondos. Desapareceríamos la CTS y no la podemos desaparecer", refirió.



Retiro de AFP


Maurate explicó también por qué el Ejecutivo decidió finalmente no observar la norma que autoriza el retiro de fondos de las administradoras de fondos de pensiones (AFP).

"Todo país del mundo desarrollado y nosotros también debemos tener una política pública para que cuando un peruano se quede sin empleo tenga un fondo al que acudir durante ese tiempo. Es un principio al que me debo. Sin embargo, la recesión ha castigado a los peruanos como fundamento de la conflictividad social, caída de la inversión privada en casi 12%, se ha generado poco consumo y se necesitaba inyectar dinero a los peruanos. [El retiro de fondos de la AFP] es una excepción al principio que me refiero, por ello es que el Ejecutivo no lo ha observado", concluyó.

El Poder Ejecutivo cuenta con la facultad de observar una norma que sea aprobada por el Congreso de la República. Dicha medida permite al Gobierno establecer motivos que considere importantes para que la ley retorne al Parlamento para que pueda ser discutida y evaluada nuevamente ante la representación nacional.

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(FIN) GDS
GRM

Publicado: 26/4/2024