Andina

Osiptel confirma multas a Claro por incumplir compromisos de mejorar calidad del servicio

Operadora fue sancionada con S/ 2 millones 414,368

Osiptel.

Osiptel.

10:14 | Lima, oct. 1.

Osiptel ratificó, en segunda instancia, las multas impuestas a la empresa Claro por un monto de 548.72 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 2 millones 414,368 soles por no cumplir con compromisos de mejoras correspondientes a los indicadores de Calidad de Cobertura del Servicio (CCS) y Calidad de Voz (CV) en diversos centros poblados.

Conforme a la Resolución de Consejo Directivo N° 178-2021-CD/OSIPTEL, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, el ente regulador declaró infundado el recurso de apelación presentado por la empresa operadora y confirmó las multas impuestas por la comisión de infracciones graves tipificadas en el Reglamento de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

Claro fue sancionada con dos multas por un total de 110.12 UIT o 484,528 soles por no cumplir con los compromisos de mejora correspondientes al indicador CCS en los centros poblados Quivilla (Huánuco) y Pachacamac (Lima).

Asimismo, fue multada con nueve multas por un monto total de 438.6 UIT o 1 millón 929,840 soles por no cumplir con los compromisos de mejora referidos al indicador CV en los centros poblados Moro (Áncash), Cayma (Arequipa), El Porvenir, La Esperanza (La Libertad), Ciudad de Dios (Lima), Calacoa (Moquegua), Wanchaq (Cusco), Paucartambo (Pasco) y Crucero (Puno).


Sobre compromisos de mejora

El Osiptel incorporó la figura de los Compromisos de Mejora como un mecanismo que tiene por finalidad la mejora efectiva de la prestación del servicio de telecomunicaciones en un tiempo determinado, en aquellos centros poblados urbanos donde se detectó el incumplimiento de los indicadores de calidad.

La implementación del compromiso de mejora surge como una medida menos gravosa cuya finalidad es que las empresas operadoras adecúen su comportamiento para cumplir con la calidad del servicio que ofrecen, aplicable como paso previo a un régimen propiamente sancionador.


Más en Andina:



(FIN) NDP/CNA/JJN

Publicado: 1/10/2021