El Congreso de la República publicó la Ley N° 31126, que modificó la Ley Orgánica de Municipalidades, y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para ampliar el apoyo o atención alimentaria temporal ante desastres naturales o emergencia sanitaria y optimizar la labor de los comedores populares.
La norma, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que las municipalidades provinciales y distritales tendrán como función específica registrar, organizar, administrar y ejecutar iniciativas ciudadanas en apoyo de estas organizaciones sociales, con participación de la población, cuando la municipalidad no pueda asumir dicha función.
Por parte del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se dispone como una nueva función la de brindar asistencia técnica a los gobiernos locales en el registro, organización, administración y ejecución de iniciativas ciudadanas de apoyo alimentario temporal en caso de desastres naturales o emergencia sanitaria, con participación de la población.
Además, se declara de interés nacional y de preferente atención la asignación de recursos públicos para optimizar la labor y atención alimentaria que brindan los comedores populares, así como las ollas comunes y otras iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria temporal, reconociendo su aporte como principales organizaciones de base y de emprendimiento ante la crisis social y económica generada por la covid-19.
(FIN) MJP/CVC
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Publicado: 19/2/2021