Los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada recibirán en los próximos días un extra a sus ingresos habituales que corresponde al pago de las utilidades 2022.
Pero ¿a quiénes beneficiará?, ¿cuándo se inicia el pago? y de ¿qué montos estamos hablando?
El Manual de Preguntas Frecuentes Laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Trabajo (MTPE) resuelve estas y otras interrogantes.
¿Quiénes recibirán utilidades?
Tienen derecho a participar en las utilidades los trabajadores de empresas que cuenten con más de 20 trabajadores, sujetos al régimen de la actividad privada, que hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa sea por contrato indefinido o sujeto a modalidad.
Los trabajadores con jornada inferior a la máxima establecida, participarán en las utilidades en forma proporcional a la jornada laborada.
Sin embargo, no recibirán este beneficio los trabajadores de las cooperativas, de las sociedades civiles y de las empresas que no excedan los 20 trabajadores.
¿Cuándo se deben pagar las utilidades?
Serán distribuidas dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo señalado para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
En ese sentido, se tomará en cuenta el cronograma del Impuesto a la Renta, con el último digito del RUC publicado por la Sunat.
Vencido el plazo, y previo requerimiento de pago por escrito de los trabajadores -el cual puede ser a través de carta simple-, la participación en las utilidades que no se haya entregado, genera intereses moratorios equivalentes al interés legal fijado por el Banco Central de Reserva del Perú.
¿Los extrabajadores tienen o no derecho a recibir utilidades?
Así es. Los trabajadores que dejaron de laborar antes de la fecha en que se distribuyen las utilidades, tienen derecho a cobrar el monto que les corresponda en el plazo prescriptorio fijado por Ley.
¿Qué monto podría recibir por utilidades?
Para realizar el cálculo de la utilidad que percibirá el trabajador se toma en cuenta la remuneración que ha percibido en el último año y, el tiempo laborado en la empresa.
De esta manera, el 50% es repartido en función a los días real y efectivamente trabajados mientras que el otro 50% será de acuerdo a la remuneración percibida.
El Manual de Preguntas Frecuentes Laborales del MTPE explica también el trámite para el cobro de utilidades, los pasos para efectuar el cálculo del monto a recibir, entre otros detalles.
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(FIN) NDP / MDV
Publicado: 23/3/2022