Mediante Resolución Ministerial 094-2024-TR, difundida hoy en el Diario Oficial El Peruano, se indica que el pago de la compensación económica se efectivizará a partir del segundo día hábil de publicada la citada norma.
La relación de los beneficiarios se encuentra en los anexos 1 y 2, que forman parte integrante de la presente resolución ministerial.
El dispositivo legal autoriza a la Oficina General de Administración del MTPE a efectuar las acciones administrativas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en la resolución ministerial mencionada.
Se dispone que la presente resolución ministerial y el anexo 1 se publiquen en la sede digital del MTPE (www.gob.pe/mtpe), siendo responsable de dicha acción el jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Además, se encarga a la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del MTPE la difusión de lo establecido en la presente resolución ministerial a través de las diferentes direcciones regionales de Trabajo y Promoción del Empleo en el ámbito nacional.
Por último, el archivo que contiene el anexo 2 de la presente resolución ministerial queda bajo la custodia de la Oficina General de Administración del MTPE, con el fin de garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de dicha información.
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(FIN) CNA/JJN