El Ministerio de la Producción (Produce) dio por concluidas las actividades extractivas del recurso jurel (Trachurus murphyi), efectuadas a través de embarcaciones de mayor escala, a partir de las 00:00 horas del 29 de enero de 2022.
Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial Nº 00026-2022-Produce, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma señala que los armadores de embarcaciones de mayor escala podrán desembarcar el recurso jurel (Trachurus murphyi), siempre que demuestren haber contado con autorización de zarpe de fecha anterior a la vigencia de la suspensión de las actividades extractivas a la que se refiere el numeral precedente.
El procesamiento, almacenamiento, comercialización y transporte debe contar con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso ha sido extraído antes de la fecha señalada en la presente norma.
Infracciones y sanciones
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial es sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017- Produce, y demás disposiciones legales vigentes.
La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, Jorge Luis Prado Palomino.
Ex 20220127 by Agencia Andina
Más en Andina:
(FIN) MDV / MDV
Publicado: 27/1/2022