Andina

Licencias de funcionamiento en monumentos históricos no necesitan autorización del Mincul

Disposición busca simplificar requisitos y facilitar la formalización de actividades económicas

Disponen nuevo procedimiento para tramitar licencias de funcionamiento en monumentos históricos. Foto: MINCUL/Difusión.

Disponen nuevo procedimiento para tramitar licencias de funcionamiento en monumentos históricos. Foto: MINCUL/Difusión.

17:28 | Lima, oct. 1.

Con la finalidad de simplificar los requisitos para tramitar licencias de funcionamiento en monumentos históricos y facilitar la formalización de actividades económicas, el Poder Ejecutivo aprobó en el mes de septiembre un nuevo dispositivo legal.

Se trata del Decreto Legislativo N° 1657, con el cual “se modificó parte de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, en el extremo de la autorización del Ministerio de Cultura (Mincul) como requisito para la expedición de licencias de funcionamiento en monumentos históricos”.

“En ese sentido, se elimina la opinión del Ministerio de Cultura en el trámite de licencia de funcionamiento en zona declaradas patrimonio cultural, que implicaba verificaciones, inspecciones y observaciones”, añadió el Mincul, en una nota de prensa.


De ahora en adelante, el cumplimiento de los requisitos para este trámite se realizará en la municipalidad del lugar en donde se encuentre el bien cultural, detalla la norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano.

“Por su parte, el Ministerio de Cultura continuará vigilando y fiscalizando la conservación de los bienes culturales que son administrados por personas y/o empresas”, explicó el sector.

Asimismo, es necesario recordar que las municipalidades tienen como función proteger, defender y salvaguardar el patrimonio cultural y natural.



Declaración jurada de conservación


Según el decreto legislativo, entre los requisitos para solicitar la licencia de funcionamiento cuando se trate de un bien inmueble declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, el administrado presenta una declaración jurada de conservación de la estructura física del bien cultural.

“Como hemos manifestado, todo este trámite y demás procedimientos se realizará en la municipalidad del lugar”, agregó el Ministerio de Cultura.

El Decreto Legislativo N° 1657 lleva las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; del presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén Olaya; y del ministro de Cultura, Fabricio Valencia Gibaja.


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(FIN) NDP/CCH

Publicado: 1/10/2024