El Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE) estableció hoy el reglamento para que las Mypes puedan acreditar su contribución a la formalización laboral con el fin de acceder a compras del Estado mediante núcleos ejecutores.
Según el
Decreto Supremo N° 007-2019-TR, la norma comprende a todas las Mype proveedoras que las regula la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, y que contraten con los núcleos ejecutores establecidos por el Decreto de Urgencia 058-2011.
Condiciones
Las Mypes que contraten con los núcleos ejecutores establecidos en el Decreto de Urgencia 058-2011, deben acreditar que:
- Cuentan con al menos dos trabajadores registrados en la Planilla Electrónica al momento de la contratación con los núcleos ejecutores.
- No cuenten con resolución administrativa firme de la autoridad de inspección del trabajo por sanciones impuestas por incumplimiento a la normativa laboral, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad social o por afectar derechos fundamentales laborales.
- Tampoco deben contar con resolución administrativa firme de la autoridad de inspección del trabajo por sanciones impuestas por la comisión de infracciones a la labor inspectiva.
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(FIN) RGP/RGP
Publicado: 24/5/2019