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Establecen veda reproductiva del recurso ‘trucha arco iris’ en Huancavelica

Será hasta el 15 de setiembre próximo

ANDINA/Difusión

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08:44 | Lima, jun. 20.

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la veda reproductiva del recurso ‘trucha arco iris’ (Oncorhynchus mykiss) en los cuerpos de agua altoandinos ubicados en el departamento de Huancavelica, hasta el 15 de setiembre próximo.

De este modo, queda prohibida su extracción, comercialización, transporte y procesamiento, a excepción del recurso o producto proveniente de los centros de producción acuícolas debidamente autorizados. 

Para ello, publicó la Resolución Ministerial Nº 000255-2024-Produce en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 

Señala que el periodo de veda puede modificarse si el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), evidencia cambios en la evolución del proceso reproductivo del referido recurso, para lo cual remite al Ministerio de la Producción las recomendaciones correspondientes. 

Transporte


Indica que el transporte, procesamiento, comercialización y/o almacenamiento del recurso ‘trucha arco iris’ (Oncorhynchus mykiss) puede realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el mencionado recurso fue extraído antes del periodo de la veda reproductiva establecido. 


Precisa que el incumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-Produce, y demás disposiciones legales aplicables. 

Establece que la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca Artesanal y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Produce realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. 

Ello, sin perjuicio de las acciones que correspondan ser efectuadas por la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional de Huancavelica y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias. 

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(FIN) SDD

Publicado: 20/6/2024