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Junín: desastres por intensas lluvias motiva declaración de emergencia en varios distritos

Medida establecida por el Ejecutivo tiene una vigencia de 60 días calendario

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en la provincia de Chanchamayo, en el distrito de Palca de la provincia de Tarma, y en el distrito de Ulcumayo de la provincia de Junín, debido a los desastres provocados por las intensas lluvias que se registran en esa parte del país. ANDINA/Archivo

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en la provincia de Chanchamayo, en el distrito de Palca de la provincia de Tarma, y en el distrito de Ulcumayo de la provincia de Junín, debido a los desastres provocados por las intensas lluvias que se registran en esa parte del país. ANDINA/Archivo

09:37 | Lima, mar. 29.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en la provincia de Chanchamayo, en el distrito de Palca de la provincia de Tarma, y en el distrito de Ulcumayo de la provincia de Junín, debido a los desastres provocados por las intensas lluvias que se registran en esa parte del país.

Esta medida, que tiene una vigencia de 60 días calendario, permitirá la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas, según establece un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.


El dispositivo legal dispone que el gobierno regional de Junín, los municipios provinciales de Chanchamayo, de Tarma y de Junín, así como los municipios distritales involucradas, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

Estas intervenciones contarán con la participación de los Ministerios de Salud; de Educación; de Agricultura y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Desarrollo e Inclusión Social; de Trabajo y Promoción del Empleo; de la Producción; y de Energía y Minas.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa la norma.


Precisa que la implementación de las acciones previstas en este Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra; y está refrendada por el jefe del gabinete ministerial, Salvador del Solar, así como por los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/MAO

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Publicado: 29/3/2019