Mediante una ley publicada en El Peruano, se dispuso sanear el límite existente entre los departamentos de Cusco y Puno.
Se trata de nueve tramos, fijados mediante la
Ley 32239, que aparece hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial.
El primer punto se inicia en la desembocadura del río Araza en el río Inambari hasta la cumbre de un cerro sin nombre, cuyas coordenadas se especifican en la norma publicada, aprobada originalmente por el Congreso de la República.
Otros puntos limítrofes a sanear, abarca desde la cumbre oeste del cerro Jolpajaja hasta la cumbre este del nevado Chaquirioc, y desde la desembocadura de una quebrada sin nombre en el río Chimboya hasta la desembocadura de la quebrada Ananta, ubicada también en el río mencionado.
También se dispone el saneamiento el límite fijado desde la cumbre del nevado Santa Juana hasta la cumbre del nevado Chimbolla. Similares precisiones se hacen en otros cinco puntos.
Memoria descriptiva y cartografía utilizada
La ley también contiene la memoria descriptiva de los nueve tramos del límite entre Cusco y Puno que serán saneados.
El establecimiento de las coordenadas mencionadas en los nueve tramos contenidos en la ley se hizo de acuerdo a una Cartografía Básica Oficial cuyos detalles bibliográficos también son mencionados.
Además, a manera de anexo, se consigna en esta ley la representación gráfica correspondiente del límite departamental a sanear.
Ley de Saneamiento de Límit... by Fidel Gutierrez
(FIN) FGM/MAO
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Publicado: 10/1/2025