En el marco del año escolar 2025, el Indecopi hace un llamado a los colegios privados para que cumplan con garantizar el acceso a la educación de los estudiantes que han perdido a sus padres o apoderados responsables de su sustento, según la Ley 23585.
La norma establece que estos menores tienen derecho a recibir una beca integral en caso de fallecimiento, inhabilitación física o mental permanente, o internamiento por sentencia judicial del padre o tutor.
Estas becas exoneran al estudiante del pago de matrícula, pensiones, exámenes, certificados de estudio y otros costos relacionados con el servicio educativo.
Para acceder a este beneficio, debe acreditarse la pérdida del padre, tutor o responsable económico y demostrar que el estudiante no cuenta con los recursos para solventar sus estudios.
El Indecopi tiene competencias fiscalizadoras y sancionadoras ante el incumplimiento de esta norma.
Es así que la Sala Especializada en Protección al Consumidor concluyó en segunda y última instancia, durante el año escolar del 2024, que el centro educativo Cambridge College Lima S.A.C., no otorgó la beca correspondiente a dos de sus estudiantes, cuyo padre había fallecido.
La Sala ordenó a dicho colegio no solo otorgar las becas, sino también devolver a la madre todas las pensiones pagadas desde el fallecimiento del padre.
Para más información, revise la resolución en la siguiente dirección web: https://bit.ly/3DlydXq
Es importante señalar que, según la norma, la beca podría ser suspendida por bajo rendimiento o mala conducta del estudiante, y se perderá definitivamente en caso de expulsión del colegio.
Ante la vulneración de este y otros derechos en el servicio educativo privado, el Indecopi tiene a disposición los canales
sacreclamo@indecopi.gob.pe;
Reclama Virtual y los teléfonos:
224-7777 en Lima y 0800-4-4040 en provincias.
Más en Andina:
Publicado: 6/3/2025