Corte de Apelación de La Haya emite sentencia favorable al Estado peruano

Panamericana TV tendrá que pagar 19,656 euros al Estado peruano

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), actúa como coordinador del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (Sicresi)ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), actúa como coordinador del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (Sicresi)ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

20:35 | Lima, abr. 3.

El Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (Sicresi), indicó hoy que la Corte de Apelación de La Haya emitió una sentencia favorable al Estados peruano en una controversia con Panamericana Televisión (Pantel).

Indicó que la Corte de Apelación de La Haya notificó al Estado peruano su decisión de dictar una sentencia favorable para nuestro país en el marco del procedimiento de anulación iniciado por Panamericana Televisión S.A. (Pantel) contra un laudo emitido en el arbitraje internacional de inversión iniciado por esta compañía contra el Perú (Procedimiento de Anulación). 

El arbitraje internacional fue planteado por Pantel ante la Corte Permanente de Arbitraje (con sede en La Haya) y al amparo del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones Perú-Suiza (Arbitraje Internacional), informó la Comisión Especial que representa al Perú en controversias internacionales de inversión (Comisión Especial), que conforma el Sicresi.

La Comisión Especial informó que el pasado el 1° de abril de 2025, la Corte de Apelación de La Haya comunicó su decisión de desestimar todas las pretensiones de Pantel porque consideró correctos los fundamentos aplicados en la decisión del Tribunal Arbitral en este arbitraje internacional que data del 2022 (Sentencia). 

En tal sentido, la Corte de Apelación declaró que no era apropiado que, en el Procedimiento de Anulación, se volviera a examinar las conclusiones del Tribunal Arbitral.

Además, concluyó que no eran aplicables ninguno de los motivos de anulación previstos en el código procesal civil neerlandés presentados por Pantel.

Esta sentencia representa una victoria contundente para el Perú, debido a que la Corte de Apelación no sólo rechazó todas las pretensiones de Pantel, sino que además ordenó que pague al Estado peruano los costos del procedimiento de anulación, los cuales ascienden a un monto de 19,656 euros (alrededor de 21,738 dólares), más un monto adicional si la compañía no cumple con pagar los costos del procedimiento dentro de 14 días luego de notificada la Sentencia.

El resultado reafirma lo determinado por el Tribunal Arbitral en su laudo, ratifica la prevalencia de la posición del Estado peruano en el Arbitraje Internacional, y revalida la sólida trayectoria del Perú en el marco de la defensa ejercida frente a controversias internacionales de inversión, resaltando la remarcable cooperación y coordinación activa entre instituciones públicas del Perú.

El Estado peruano, en conjunto con sus abogados de las firmas Arnold & Porter Kaye Scholer LLP y Houthoff Cooperatief U.A., evaluará la sentencia, a fin de que se implementen las acciones conducentes para que Pantel cumpla en su integridad con lo dispuesto en la orden impartida por la Corte de Apelación, sobre la condena de costos a favor del Estado peruano.

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(FIN) NDP / MDV 
JRA

Publicado: 3/4/2025