Gobierno autoriza ingreso al país de plantas de arándano de Chile

Foto: ANDINA/difusión.

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11:28 | Lima, may. 31.

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) autorizó el ingreso a Perú de plantas de arándano de origen y procedencia de la República de Chile, a través del complejo fronterizo Santa Rosa, ubicado en el departamento de Tacna, bajo responsabilidad de la empresa Agroextiende Perú.

Mediante la Resolución Directoral D000024-2025-Midagri-Senasa-DSV se autorizó el ingreso al país de 150,000 plantas de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen y procedencia de Chile y que se realizará en nueve envíos durante junio del 2025 y bajo la responsabilidad de la empresa Agroextiende Perú con Registro Único de Contribuyente 20610237780. 

Los envíos deberán cumplir con las siguientes medidas fitosanitarias: 

a. Las plantas de arándano deberán venir embaladas en las mismas condiciones que fueron certificadas por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la República de Chile, sin evidencia de que los sellos u otras medidas de seguridad hayan sido violentadas o adulteradas; caso contrario, el ingreso de los envíos no será autorizado. 

b. Los envases deberán estar acondicionados de tal forma que se facilite la inspección fitosanitaria en el punto de ingreso a la República del Perú. 

c. Las plantas de arándano deberán ser transportadas en vehículos limpios, refrigerados, cerrados y precintados. 

d. Después que las plantas de arándano hayan sido inspeccionadas y se haya obtenido las muestras para el diagnóstico fitosanitario de verificación en el punto de ingreso al país, los vehículos refrigerados deberán ser precintados oficialmente y trasladados inmediatamente al lugar de producción autorizado denominado “azul” que se encuentra ubicado en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, República del Perú, para el seguimiento de la cuarentena posentrada. Los costos que irroguen los traslados deberán ser asumidos por el importador. 

e. Al arribo al lugar de producción autorizado para el seguimiento de la cuarentena posentrada, los envíos deberán ser inspeccionados por el inspector del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente. 




El material importado será sometido a los procedimientos establecidos en el Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado por el Decreto Supremo 032-2003-AG, y al “Procedimiento de control sanitario y fitosanitario al ingreso de mercancías agrarias al país”. 

La autorización de ingreso no exime a la empresa autorizada de cumplir con los procedimientos de importación y dictámenes que emita el Servicio Nacional de Sanidad Agraria. 

Se dispone la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.


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(FIN) JJN/JJN
GRM

Publicado: 31/5/2025