La
Resolución N° 064-2020-SUNARP/SN señala que, desde el 8 de junio de 2020, los partes notariales para inscribirse en el Registro de Mandatos y Poderes de todas las Oficinas Registrales del país, se expedirán con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP).
Por su parte la constitución de sociedades y EIRL a nivel nacional, a partir del 10 de junio de 2020, se expedirán con firma digital; y las transferencias vehiculares a nivel nacional, a partir del 15 de junio de 2020, respecto de partes de compraventa, donación, dación en pago, anticipo de legítima y permuta de vehículo a inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular de todas las Oficinas Registrales del país.
Puedes leer:
Los partes notariales comprenden únicamente los traslados de instrumentos públicos extendidos por notarios en el territorio nacional.
Están excluidos los traslados instrumentales expedidos por cónsules cuando ejercen función notarial fuera del país o aquellos instrumentos otorgados fuera del territorio nacional, conforme al régimen legal extranjero.
Puedes leer:
También están excluidos los traslados instrumentales expedidos por el Archivo General de la Nación o por los Archivos Departamentales, correspondientes al acervo documentario del notario cesado.
Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información implemente una “Mesa de Ayuda Notarial” para brindar soporte técnico a los despachos notariales que acceden al SID-SUNARP.
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