El Gobierno oficializó hoy la creación del “Grupo de Trabajo Multisectorial para la elaboración del Inventario Nacional del Patrimonio Natural”, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio del Ambiente.
Así lo dispone la
Resolución Ministerial Nº 00439-2024-MINAM, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que establece que dicho Grupo de Trabajo tiene por objeto proponer el Inventario Nacional del Patrimonio Natural y las medidas de articulación para el intercambio de información vinculada al patrimonio natural, con la finalidad de contar con herramientas que permitan la toma de decisiones en materia de conservación, uso sostenible y/o recuperación de los recursos naturales.
El Patrimonio Natural está conformado por recursos naturales, servicios ecosistémicos y diversidad biológica. El Inventario Nacional permite potencialmente conocer su estado y las amenazas con los que se enfrenta, a partir del cual se podrán aplicar las políticas públicas o desarrollar intervenciones en materia de conservación, recuperación y uso sostenible, en beneficio y bienestar de los ciudadanos.
Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial
De acuerdo con la norma, el Grupo de Trabajo Multisectorial está presidido por un representante del Ministerio del Ambiente (Minam) y está integrado por representantes de los Ministerios de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri); de Energía y Minas (Minem); de la Producción (Produce); y de Cultura (Mincul).
Asimismo, representantes del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP); del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem); del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp); del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), y del del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
El dispositivo legal dispone que cada integrante del Grupo de Trabajo Multisectorial debe contar con un representante alterno. Los representantes titulares y alternos son designados mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Precisa también que los integrantes del grupo de trabajo ejercen su función ad honórem.
El Grupo de Trabajo Multisectorial, a través de la Secretaría Técnica, puede invitar a sus sesiones, en calidad de invitados, a los representantes de otras instituciones públicas, así como a especialistas de instituciones privadas y de la sociedad civil, relacionados a la temática y el propósito del Grupo de Trabajo Multisectorial, a fin de que brinden su asesoramiento, opinión y aportes, en el marco del cumplimiento de su objeto.
Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial
El Grupo de Trabajo Multisectorial, para el cumplimiento de su objeto, ejerce las siguientes funciones:
a) Elaborar el plan de trabajo para la elaboración del Inventario Nacional del Patrimonio Natural.
b) Proponer el marco metodológico del Inventario Nacional del Patrimonio Natural.
c) Elaborar la propuesta del Inventario Nacional del Patrimonio Natural.
d) Proponer mecanismos de articulación para el intercambio de información y actualización del Inventario Nacional del Patrimonio Natural.
La Dirección de Monitoreo y Evaluación de los Recursos Naturales del Territorio de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente asume la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, brindando apoyo técnico y administrativo necesario para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto, siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y la documentación que se genere.
Instalación del Grupo de Trabajo
El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Vigencia
El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia de dos años, contados a partir del día siguiente de su instalación. La vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial puede ser prorrogada previo informe de sustento de su Secretaría Técnica.
Financiamiento
Los gastos que demande la participación de los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Notificación
La norma establece notificar la presente Resolución Ministerial a las entidades cuyos representantes integran el Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme a lo señalado en el artículo 3 de la presente norma, en un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
La Resolución Ministerial lleva la firma del titular del Ministerio del Ambiente, Juan Carlos Castro Vargas.
(FIN) LZD
JRA
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