Andina

Sanipes evalúa áreas de producción de moluscos bivalvos que se exportan a la Unión Europea

En marcha evaluación sanitaria del área de producción en la isla Tortuga, en la región Áncash

Isla Tortuga en la región Áncash

Isla Tortuga en la región Áncash

08:00 | Áncash, feb. 22.

El Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) realiza la revaluación sanitaria del área de producción Isla Tortuga, en la región Áncash, que consiste en verificar y evaluar las condiciones sanitarias del área donde se desarrolla la actividad acuícola con la finalidad de descartar fuentes de contaminación en su entorno.

En dicha área de producción se extrae conchas de abanico (Argopecten purpuratus) que son exportados hacia el mercado de la Unión Europea.

Especialistas del Programa Control de Moluscos Bivalvos de la Subdirección de Supervisión Acuícola e inspectores de la Oficina Desconcentrada Chimbote de Sanipes, iniciaron la labor con una prospección terrestre de la línea costera donde se ubica el área de producción de moluscos bivalvos, abarcando el lado norte de la bahía Tortuga y culminando en la desembocadura del río Casma.


En la segunda jornada de trabajo el equipo de especialistas verificó las condiciones oceanográficas (prospección marina), donde realizaron la toma de muestras de agua de mar para su posterior análisis.

Sanipes como autoridad sanitaria, ejecuta el control oficial, basado en monitoreos de agua de mar y recurso, controlando los tipos de criterios sanitarios: microbiológicos, biotoxinas marinas y fitoplancton potencialmente tóxico, por lo que también se encarga de realizar la clasificación y reclasificación sanitaria de las áreas de producción a nivel nacional.

La clasificación de las áreas de producción, debe estar sustentada en los resultados de un año de evaluación de las condiciones sanitarias de las aguas y de los moluscos bivalvos.

La revaluación sanitaria debe realizarse cada seis años o en periodos menores cuando los resultados del monitoreo determinen cambios prolongados en los patrones de comportamiento sanitario de dichas áreas (según Decreto Supremo N°004-2018-PRODUCE que modifica el artículo 14° de la norma sanitaria de moluscos bivalvos vivos, aprobada por el Decreto Supremo N°07-2004-PRODUCE).

(FIN) NDP/LZD

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Publicado: 22/2/2020