El Banco Central de Reserva (BCR) publicó hoy el Circular 0017-2020-BCRP por el cual se establecen los mecanismos para que las empresas del sector financiero participen del programa Reactiva Perú y puedan financiar al empresariado.
De acuerdo con la normativa publicada en el Diario Oficial El Peruano, el BCR realizará las operaciones de Reactiva Perú a través de subastas u operaciones directas. Ello bajo esquemas regular y especial.
“El BCR cobrará por la operación una tasa de interés fija en moneda nacional que será establecida por el BCR. La tasa será expresada en términos efectivos anuales, en porcentaje y con dos decimales”, señala la norma.
Indica que las tasas de interés aplicables por las empresas del sistema financiero a los créditos de Reactiva Perú no podrán ser mayores a las tasas de interés a las que dichos bancos o financieras se hayan adjudicado la subasta u operación directa.
“El BCR se reserva el derecho de decidir las características de los créditos Reactiva Perú que aceptará en cada subasta u operación directa, así como el porcentaje de la garantía del Gobierno Nacional de los créditos garantizados, el monto y la oportunidad de las operaciones”, anota.
Obligaciones de la empresa financiera
La empresa del sistema financiero que resulte adjudicataria en las subastas u operaciones directas se obliga a lo siguiente:
a) La tasa de interés aplicable a los créditos de Reactiva Perú, comprados bajo el esquema regular o especial, tiene como límite máximo la tasa de interés que la empresa financiera se compromete a cobrar, en la adjudicación de la subasta u operación directa.
b) Las empresas financieras deberán cumplir las condiciones que el BCR pueda establecer respecto a los créditos Reactiva Perú.
Subasta
El anuncio de la subasta para acceder a Reactiva Perú se realizará mediante el portal institucional del BCR y los medios que el ente emisor considere conveniente utilizar, como el servicio de mensajes de la empresa Datos Técnicos S.A. (DATATEC), Bloomberg, entre otros.
El anuncio incluirá el esquema de la operación, las características de los créditos, el monto mínimo de los créditos, el monto a subastar, la tasa de interés que cobrará el BCR, la fecha de la subasta, el plazo máximo para completar la operación, entre otras condiciones aplicables a la subasta. Además, el BCR podrá establecer montos máximos de adjudicación por la empresa financiera.
Cualquier información adicional relativa a cada subasta, podrá ser obtenida por la empresa financiera en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera.
Operatividad de la subasta
La norma indica que se subastará un monto por cada escala de porcentaje de garantía. La variable de asignación será la tasa de interés máxima que las empresas financieras se comprometen a cobrar por los créditos Reactiva Perú.
Asimismo, se asignará el monto subastado empezando por la tasa de interés más baja. El desembolso de los montos asignados se efectuará una vez que la empresa financiera hayan registrado los créditos o el certificado de participación.
De igual modo, el monto asignado podrá ser desembolsado en tramos por la empresa financiera dentro del plazo máximo que se señale en la respectiva convocatoria, de acuerdo a los siguientes montos mínimos, tanto para los créditos como para los certificados de participación.
Cabe recordar que, según la normativa aprobada por el Gobierno, se dará una garantía de 98% a montos menores a 100,000 soles; 95% a créditos de entre 100,001 soles y un millón; 90% para montos entre de 1 millón y un sol y 10 millones; y 80% para financiamientos de hasta 20 millones.
“El BCR podrá establecer montos mínimos para los tramos distintos a los señalados, lo que será informado en la convocatoria de la subasta”, subraya.
Presentación de las propuestas
De acuerdo con el circular, las propuestas deberán ser presentadas a la Gerencia de Operaciones Monetarias y estabilidad Financiera, mediante el Módulo de Subastas Electrónicas (MSE) de DATATEC, en sobres cerrados, por facsímil u otro medio autorizado por el BCR, dentro del horario establecido en el anuncio de la subasta.
El importe total de las propuestas de una empresa financiera no deberá exceder el monto a subastar o el monto máximo que establezca el BCR. Si tal exceso ocurriese, el BCR retirará el excedente, considerando para ello las propuestas de mayor tasa de interés.
Cada propuesta deberá contener la tasa de interés a ofertar para los créditos y el monto expresado en múltiplos de 100,000 soles.
Las propuestas son irrevocables y la entidad financiera es responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicación.
En tanto, la presentación de propuestas mediante el MSE de DATATEC se efectúa de acuerdo con el procedimiento establecido por esa empresa.
La empresa es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de DATATEC, con arreglo a sus procedimientos internos, pues queda obligada a vender la cartera de créditos.
En el caso que la financiera tuviese problemas para el envío de propuestas mediante el MSE de DATATEC, podrá remitir sus propuestas a través de los medios autorizados por el BCR siguiendo los procedimientos establecidos por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera.
Estas propuestas deberán enviarse dentro del horario autorizado y sustituirán completamente las propuestas que se hubiesen enviado por el MSE de DATATEC.
De igual forma, las propuestas presentadas en sobre cerrado serán entregadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que éste proporcione.
Deben estar firmadas por funcionarios que cuenten con poderes suficientes.
En el caso de las propuestas enviadas por facsímil deberá señalarse la clave de seguridad que corresponda. Para tal fin, se coordinará con cada institución el envío de claves de seguridad para ser usadas en los facsímiles. Cada sobre o facsímil deberá contener una propuesta.
Sobre la recepción de las propuestas, el MSE de DATATEC dará conformidad a la recepción enviada por su intermedio. El BCR no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de las propuestas o de los resultados de la subasta.
La recepción de propuestas remitidas por otros medios autorizados por el BCR deberá confirmarse por teléfono con el Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera.
Las empresas del sector financiero podrán presentar, modificar o retirar sus propuestas hasta la hora límite de recepción indicada en la convocatoria, a partir de la cual, las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevocables y serán consideradas en el proceso de adjudicación.
Las propuestas serán adjudicadas, en primer lugar, a la entidad que ofrezca la tasa de interés más baja, y continuará en orden ascendente, hasta cubrir el monto de la subasta.
En el caso que dos o más propuestas tuvieran la misma tasa de interés para los créditos y el remanente de la cantidad subastada fuese insuficiente para atenderlas en su totalidad, se distribuirá el remanente en la proporción que corresponda a cada propuesta sobre el total propuesto a la misma tasa de interés para los créditos.
Los montos así repartidos serán redondeados al múltiplo de 100 000 soles superior o inferior, según corresponda. El BCR podrá adjudicar un monto diferente al anunciado para la subasta o declararla desierta.
Realizada la adjudicación, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera publicará el resultado de la subasta en el portal institucional del BCR y en los medios que considere conveniente, como DATATEC, Bloomberg, entre otros.
El acta con el resultado de la subasta estará a disposición de la empresa financiera, en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a partir del día hábil siguiente de su ejecución.
Las Operaciones directas se realizarán con arreglo a las condiciones y características que el Banco Central determine y cuando alguna empresa financiera lo solicite.
El BCR indicará por algunos de los medios señalados el esquema de la Operación, las características de los créditos, la tasa de interés que cobrará el BCR, la periodicidad del pago de intereses y el plazo máximo para completar la Operación.
Asimismo, el monto mínimo por tramo, la tasa de interés para los créditos, la hora límite para la recepción de propuestas, y su medio de envío, entre otras condiciones aplicables a la operación directa.
Presentación de las solicitudes
Las solicitudes deberán ser presentadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que este proporcione.
Las solicitudes se enviarán por los medios señalados en el anuncio, para lo cual deberá seguirse el respectivo procedimiento de envío de propuestas aprobado por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera.
Las solicitudes deberán ser presentadas en múltiplos de 100,000 soles. Las solicitudes presentadas serán irrevocables y la empresa financiera será responsable de su cumplimiento.
Si el monto solicitado por una empresa financiera excede el límite establecido por el BCR, se retirará el excedente.
En el caso se señale un monto máximo y el total del monto solicitado sea mayor, se procederá a distribuir dicho monto proporcionalmente de acuerdo a las solicitudes de cada EP, tomando en consideración los límites que establezca el BCR.
Los montos así repartidos serán redondeados al múltiplo de 100,000 soles superior o inferior, según corresponda.
(FIN) RGP/JJN
Publicado: 15/4/2020