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Ministerio de la Producción establece veda del recurso merluza

Por 30 días en el área marítima comprendida entre los 04º00’S y 05º00’S

ANDINA/Difusión

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08:13 | Lima, mar. 6.

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida entre los 04º00’S y 05º00’S (norte del Perú), quedando prohibida su extracción durante un período de 30 días calendario contados a partir de las 00:00 horas del 7 de marzo del 2025.

A través de la Resolución Ministerial Nº 00106-2025-PRODUCE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se señala que la veda establecida no es de aplicación para las embarcaciones pesqueras artesanales implementadas con artes y aparejos de pesca pasivos, incluidas en el Decreto Supremo Nº 006-2022-PRODUCE.

La norma indica que el procesamiento del recurso merluza procedente del área marítima señalada se efectúa dentro de las 48 horas de iniciada la vigencia de la veda reproductiva.




La comercialización, transporte y almacenamiento del recurso merluza procedente del área marítima señalada puede realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el mencionado recurso ha sido extraído antes del establecimiento de la veda reproductiva.

El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectúa el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso merluza, además de informar y recomendar oportunamente al Produce las medidas que resulten necesarias.


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El seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se efectúa sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (SISESAT), sin perjuicio de las labores de fiscalización que realice la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Produce, con el fin de cautelar el cumplimiento de la presente norma.

La norma dispone la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).


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(FIN) CNA/JJN

Publicado: 6/3/2025