El Gobierno aprobó la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), a través del Decreto Supremo 006-2019-Vivienda, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
El OTASS es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), encargado de cautelar la ejecución de la política del ente rector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS)
La sección primera del reglamento, la cual consta de tres títulos y, 33 artículos y el financiamiento para su implementación se ejecuta con cargo al presupuesto Institucional del OTASS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Lo dispuesto en el presente Decreto Supremo entra en vigencia una vez que se haya aprobado la Resolución Directoral del Titular del OTASS que aprueba la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones.
La sección primera del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado por el presente Decreto Supremo, también se encuentra en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y del OTASS (www.otass.gob.pe).
Disposiciones complementarias
La norma también faculta al director ejecutivo del OTASS para que, mediante resolución correspondiente emita las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF).
También se dispone adecuar los documentos de gestión del OTASS de acuerdo al ROF, dentro de los siguientes 90 días calendario contados desde su entrada en vigencia.
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra; y del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Javier Piqué del Pozo.
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JRA
Publicado: 3/2/2019