En el marco del Día del Padre, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha recordado a los empleadores que los padres de familia tienen derecho a 10 días calendarios consecutivos de licencia cuando sus hijos nacen por parto natural o cesárea.
El período de licencia puede extenderse en situaciones especiales. En casos de nacimientos prematuros y partos múltiples, los padres tienen derecho a 20 días calendarios consecutivos. Además, si los hijos nacen con enfermedades congénitas terminales, discapacidad severa o si la madre presenta complicaciones graves de salud debido al parto, la licencia se amplía a 30 días.
Sunafil subraya la importancia de estos derechos para asegurar el bienestar de las familias y fomentar un entorno laboral que respete las necesidades de los trabajadores en momentos cruciales de su vida familiar.
Para que esta licencia sea considerada por el empleador, el trabajador debe comunicar la fecha probable del parto, a la oficina de Recursos Humanos de la empresa donde labora. Esta comunicación debe hacerla con una anticipación no menor a 15 días naturales.
Los beneficiarios de esta licencia son los trabajadores que prestan labores en las distintas entidades y empresas del sector público y privado, cualquiera sea el régimen laboral o régimen especial de contrato al que pertenezcan.
Multas
En caso la empresa no reconozca este derecho, podría verse afectada con una multa, según el tipo de empresa. En caso de las microempresas, las multas fluctúan entre los 1,184.5 soles a 3,502 soles; las pequeñas empresas, entre 3,965.50 soles a 39,397.5 soles; y para las no mype, entre los 13,544.5 soles y 270,529.5 soles.
El derecho a licencia por paternidad busca promover y fortalecer el desarrollo de la familia, remarca Sunafil.
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