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¿Trabajarás este sábado 29 de junio? Conoce el impacto en tu remuneración

Tanto para los que trabajen de manera presencial y remota

Trabajar el feriado 29 de junio incrementará el pago de fin de mes. Foto: ANDINA/archivo.

Trabajar el feriado 29 de junio incrementará el pago de fin de mes. Foto: ANDINA/archivo.

05:00 | Lima, jun. 28.

Este sábado 29 de junio es feriado nacional, en conmemoración de la festividad católica de San Pedro y San Pablo, con impacto laboral y económico para el país, remarca el laboralista César Puntriano Rosas.

En principio, el personal público y privado descansa este 29 de junio y el empleador les deberá abonar de manera normal a finales de mes. Esta medida, además, resulta de aplicación tanto a personal que labora de manera presencial como a los que realizan teletrabajo, aplicándose en este último caso la desconexión digital.

Sin embargo, dijo, existen actividades que no se suspenderán como las que realizan las empresas mineras, petroleras, industriales, los restaurantes, hoteles, cines, y que en algunos casos se incrementan durante el feriado. 

En aquellas situaciones, el personal que labore durante este feriado percibirá, además del pago normal por el 29 de junio que se incluye en su remuneración mensual, un día adicional de pago que valdrá el doble de su diario regular. 

Notemos que este aporte adicional también corresponderá a aquel personal que trabaje de manera remota durante el 29 de junio.

En otras palabras, quienes trabajen este 29 de junio percibirán dos0 días adicionales de remuneración. "No se trata de un pago triple, pues, reiteramos, el pago ordinario por el 29 de junio ya viene incluido en la remuneración mensual normal de junio".

Por ejemplo, detalló, si un trabajador percibe 1,500 mensuales, su remuneración diaria equivale a 50 soles (1,500 entre 30 días). Así, al descansar el 29 de junio su remuneración a fin de mes será 1,500 soles. Es decir, se le abonará los 50 soles como si hubiera trabajado el día 29 pese a que descansó.

En cambio, si trabaja el 29 de junio, además de los 1,500 soles (que ya incluyen los 50 soles por el feriado), percibirá 100 soles (un día de remuneración por el trabajo en feriado más la sobretasa del 100 %: 50 + 50 soles).

Una alternativa al respecto consiste en otorgar al trabajador descanso pagado en otro día laborable, es decir compensar la labor extraordinaria con descanso físico. Si esto ocurre, ya no se genera el pago doble adicional.

"Notemos que el 29 de junio no es un día no laborable recuperable, sino un feriado dispuesto por ley. Así, el descanso que se tomó el 29 de junio no debe compensarse posteriormente", aclaró. 

Puntriano Rosas detalló que como no se ha programado día no laborable el día anterior (28 de junio) esa fecha debe laborarse con normalidad. Inclusive, si el turno de trabajo inicia el 28 de junio, pero termina el 29, la legislación no considera que se hubiera laborado durante el feriado.

Para aquellos trabajadores que tienen el 29 de junio programado como día de descanso semanal, lo que ocurre con el personal que labora de lunes a viernes, el hecho de que este día coincida con el feriado no les genera ningún pago adicional.

El incumplimiento de la regulación sobre el día feriado califica como una infracción muy grave sancionable con una multa por parte de Sunafil, cuyo importe que oscila entre 13,544.50 y 270,592.50 soles dependiendo del número de trabajadores afectados.

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(FIN) NDP / MDV 
GRM

Publicado: 28/6/2024