El Gobierno declaró hoy el estado de emergencia, por 60 días calendario, en 29 distritos de siete provincias de la región Amazonas afectadas por los daños causados por las lluvias intensas.
Así lo dispone el Decreto Supremo N° 048-2019-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La declaratoria del estado de emergencia se sustenta en el informe técnico N° 00043-2019 del Indeci que precisa que debido a fuertes precipitaciones pluviales, se registran deslizamientos y huaicos en diversas zonas de varios distritos de algunas provincias del departamento de Amazonas.
El mismo informe agrega que las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas son insuficientes; indicando que por los daños ocasionados ante lluvias intensas que se presentan en varios distritos de algunas provincias de Amazonas, la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Amazonas ha sido sobrepasada; por lo que resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional.
La medida de emergencia se decreta para la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan, subraya.
La norma indica que el Gobierno Regional de Amazonas y los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Agricultura y Riego, Educación, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Desarrollo e Inclusión Social, de la Producción, Trabajo y Promoción del Empleo y Energía y Minas; y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Agrega que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.
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(FIN) MAO
Publicado: 22/3/2019