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Someter a control político a un presidente del JNE no tiene asidero jurídico ni funcional

Afirma titular del máximo organismo electoral, Jorge Salas Arenas

Foto: ANDINA/difusión.

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15:02 | Lima, jun. 3.

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas Arenas, consideró que someter a control político a un titular de un organismo electoral, sea quien fuera, tal como lo plantea una reciente sentencia competencial del Tribunal Constitucional (TC), no encuentra asidero jurídico ni funcional.

Recordó que en dicha sentencia, el TC señala que el presidente del JNE sí puede ser objeto de una acusación constitucional, pese a que no se encuentra en la “lista cerrada- taxativa” de altos funcionarios incluidos en el artículo 99 de la Constitución Política.

El argumento refiere a que éste es designado por la Corte Suprema y, por tanto, puede ser sometido a control político; ello no encuentra asidero jurídico ni funcional, por cuanto, en principio, el JNE no es una extensión del Poder Judicial: es un órgano constitucional autónomo”, subrayó.

El magistrado refirió que las funciones y competencias del organismo electoral son distintas a los demás poderes previstos en nuestro sistema jurídico y el enjuiciamiento de un alto funcionario se relaciona con actos efectuados en el ejercicio del cargo para el que fue elegido.

Por esta razón, el Presidente del JNE, al realizar función jurisdiccional electoral, no desarrolla las funciones de juez de la Corte Suprema de Justicia; por tanto, en su caso no puede aplicarse el juicio político, ni la prerrogativa del antejuicio”, manifestó durante su ponencia “Relevancia de la independencia de los órganos jurisdiccionales”, brindada en la ciudad de Tacna.

Consideró, asimismo, que la sentencia del TC vulnera los estándares jurisprudenciales establecidos por la CIDH y convertiría en ilusoria cualquier posibilidad de defensa interna, pues no procedería ningún amparo contra las decisiones del Congreso, el cual quedaría a cargo de dicho control político.

Dijo que, de acuerdo con la CIDH, "la garantía de independencia judicial de los tribunales electorales resulta indispensable dentro de un sistema democrático, porque ello garantiza la realización de elecciones justas, libres y creíbles".

Convenios


En Tacna, Salas Arenas cumplió una agenda de trabajo de dos días (jueves 1 y viernes 2), que incluyó su participación en la suscripción de convenios interinstitucionales orientados a desarrollar y promover actividades conjuntas en el ámbito académico, referidas a la capacitación en temas de derecho electoral y gobernabilidad, entre otros de interés común.

Los acuerdos fueron suscritos, por separado, con la Universidad Privada de Tacna, el Colegio de Abogados de Tacna y la Corte Superior de Justicia de Tacna.  El magistrado destacó que los convenios connotan “un acto importante para el organismo electoral porque buscan extender la información sobre formación ciudadana que es la base para asentar la gobernabilidad y la democracia en Perú".

Junto con el titular del organismo electoral, participaron en estas actividades miembros del pleno y funcionarios del JNE, autoridades de las instituciones firmantes, entre otros.


(FIN) NDP/JCC
GRM

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Publicado: 3/6/2023