Reconstrucción con Cambios: aprueban directiva que regula el control concurrente
Para contribuir al uso eficiente y transparente de los recursos públicos

La Contraloría General de la República aprobó la directiva que regula la aplicación del control concurrente en la Reconstrucción con Cambios, con el propósito de fortalecer la eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado durante la recuperación de las regiones afectadas por El Niño Costero.
La Contraloría General de la República aprobó la directiva que regula la aplicación del control concurrente en la Reconstrucción con Cambios, con el propósito de fortalecer la eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado durante la recuperación de las regiones afectadas por El Niño Costero.
Publicado: 7/11/2017
La Directiva N°005-2017-CG/DPROCAL precisa que el control concurrente es una modalidad del control simultáneo que identifica hitos de control en el proceso en curso, a fin de alertar al titular de la entidad pública (Ministerios, Gobiernos Regionales, Municipalidades, entre otros) sobre la existencia de situaciones adversas que podrían afectar la reconstrucción, de tal manera que se adopten las medidas correctivas pertinentes.
Una situación adversa se relaciona con el incumplimiento de disposiciones legales, contractuales, normativa interna o normas técnicas, que afecta la continuidad del proceso, respecto de la cual la entidad tiene la posibilidad de adoptar alguna acción correctiva, indica la norma.
El control concurrente se aplicará en el proceso de contratación de bienes, servicios, obras y consultorías, en el marco de la Ley 30556 (Ley que aprueba las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres, y crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios).
De acuerdo a lo establecido por esta directiva, la Contraloría General de la República acompañara al organismo ejecutor durante todo el proceso de ejecución de la intervención materia de control concurrente, desde el proceso de convocatoria hasta la etapa de recepción y liquidación, identificando en cada hito de control, las situaciones adversas que pueden afectar el cumplimiento de las metas y objetivos.
El control concurrente para la Reconstrucción con Cambios, que se caracteriza por ser oportuno, expeditivo, preventivo y proactivo, podrá ser desarrollado por cualquier órgano del Sistema Nacional de Control, bajo la supervisión de la Contraloría y está a cargo de una comisión de control (conformado por un supervisor, jefe e integrantes).
La directiva señala además el titular de la entidad objeto del control deberá brindar las facilidades para la instalación de la comisión de control, facilitará el acceso a la información y documentación que se requiera, asignará los recursos logísticos solicitados y dispondrá las acciones correctivas pertinentes.
La Reconstrucción con Cambios abarca los departamentos de la costa peruana Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Áncash, Lima e Ica, principales regiones afectadas por el impacto de El Niño costero, ocurrido en los primeros meses del 2017. También afectó los departamentos de Cajamarca, Ayacucho, Arequipa, Huancavelica, Junín y Loreto, donde se produjeron huaicos, derrumbes, deslizamientos, desbordes e inundaciones de gran intensidad.
La Directiva N°005-2017-CG/DPROCAL, aprobada por Resolución de Contraloría N°405-2017-CG, fue publicada en Normas Legales del diario oficial El Peruano, así como el portal institucional www.contraloria.gob.pe.
(FIN) NDP/LZD
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Edgar Quispe facilitará el proceso de reconstrucción, asegura @MecheAF https://t.co/PuXeazUSzS pic.twitter.com/d3h6eiZgiu
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) 6 de noviembre de 2017
Publicado: 7/11/2017
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