Equipo de la Contraloría auditará Ordenanza Regional N° 012-2015-GRU/CR, del Gobierno Regional de Ucayali, que permite venta de predios agrícolas a pobladores al precio de un sol el metro cuadrado.
15:09 | Pucallpa, abr. 30.
La Contraloría General de la República acreditó una comisión que realizará una Auditoría de Cumplimiento, a fin de verificar si los procedimientos para la emisión de la Ordenanza Regional N° 012-2015-GRU/CR, del Gobierno Regional de Ucayali, que permite la venta de predios agrícolas a pobladores al precio de un sol el metro cuadrado, se realizó conforme a la normativa vigente.
La ordenanza denominada “Proceso de adjudicación de predios revertidos y de dominio privado del
Gobierno Regional de Ucayali de libre disponibilidad”, fue aprobada mediante sesión de consejo regional el 10 de julio de 2015, y
facultó a la Dirección Regional de Agricultura para la venta de predios agrícolas revertidos al Estado.
El equipo auditor, conformado por especialistas de la Contraloría Regional Pucallpa, revisará las acciones administrativas que tengan relación con esta directiva y que hayan sido efectuadas por la Dirección Regional de Agricultura y el Consejo del Gobierno Regional de Ucayali, en el período del 2 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016.
Asimismo, e
xaminará los ingresos de dinero recaudados por la venta de terrenos efectuados mediante dicha ordenanza y el uso de dichos recursos.
Al término de la ejecución de la Auditoría de Cumplimiento, esta Entidad Fiscalizadora Superior emitirá el informe correspondiente, y de ser el caso, advertirá la existencia de responsabilidades de tipo administrativa, civil o penal, si los hubiere.
La auditoría se efectuará en razón a que el Gobierno Regional de Ucayali habría omitido implementar las medidas preventivas recomendadas por la Contraloría en julio de 2017, a través de la Alerta de Control N° 0005-2017-CG/COREPC-535-ALC
Mediante este documento, se advirtió a la entidad hechos adversos en la emisión de la mencionada ordenanza, que se habría dado sin respetar lo señalado en el Reglamento interno del Consejo Regional ni lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (Ley N° 29151).
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(FIN) NDP/TMC/MAO
Publicado: 30/4/2018