Los trámites referidos a los procedimientos de integración de las organizaciones políticas serán priorizados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a través de sus órganos competentes, se informó desde dicha institución.
El pleno del JNE tomó esta decisión el 4 de octubre de 2024, como parte de los incentivos para propiciar la integración de las agrupaciones políticas, de acuerdo al artículo 16 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
Este precisa los requisitos y procedimientos que rigen a las organizaciones políticas, estableciendo que los partidos políticos pueden integrarse con otros grupos similares o movimientos regionales inscritos.
Igualmente, refiere que los movimientos regionales de un mismo departamento pueden integrarse entre sí y también pueden conformar un partido político, siempre que se encuentren inscritos en más de la mitad de los departamentos y cumplan con los demás requisitos correspondientes.
En contra de la fragmentación
El pleno del JNE señala que a través de la figura de la integración se busca desalentar la fragmentación partidaria, “como parte de un diseño institucional que busca crear condiciones estables para la democracia representativa”.
Por ello se consideró imperativo establecer los alcances de la Ley 28094, en concordancia con el mandato establecido en el artículo 35 de la Constitución.
Dicho postulado constitucional fija el derecho de los ciudadanos a participar en la vida política del país a través de cualquier tipo de organización política.
En este también se resalta la importancia de fortalecer a los partidos políticos, sin perjudicar a los movimientos regionales.
(FIN) NDP/FGM
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Publicado: 14/10/2024