La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó hoy a 121,600 soles el monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), que rige en el sistema financiero, correspondiente al trimestre de diciembre del 2024 a febrero del 2025.
El monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos para el trimestre anterior fue de 121,900 soles (entre setiembre y noviembre del 2024).
La
SBS dispuso, a través de la
Circular Nº B-2273-2024, la actualización en base a las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General.
La cobertura que brinda el Fondo de Seguro de Depósitos se ajusta trimestralmente por la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM). Cabe precisar que la reducción del monto de cobertura se explica por la variación negativa del IPM.
¿Para qué sirve y a quién beneficia?
La cobertura del seguro respalda los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad, de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas.
El monto de cobertura incluye todos los depósitos asegurados que un depositante tiene en una misma entidad financiera.
Los ahorros asegurados son los que manejan los bancos, las empresas financieras y las cajas municipales y rurales, pues estas entidades son miembros del Fondo de Seguro de Depósitos.
Dentro de los ahorros cubiertos se encuentran los depósitos a la vista, de ahorro, a plazo y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). También están cubiertos los intereses corridos de los depósitos mencionados, a partir de la fecha de inicio del depósito o de su última renovación.
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De esta manera, cuando uno de los miembros del Fondo de Seguro de Depósitos es declarado en estado de disolución y liquidación, el pago del seguro se realiza en función al listado que elabora la SBS, el mismo que contiene la relación de los asegurados y los montos a ser cubiertos.
El Fondo de Seguro de Depósitos cubre los ahorros en moneda extranjera en su equivalente en moneda nacional. En el caso de las cuentas mancomunadas se divide el saldo de las mismas a prorrata entre los titulares.
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(FIN) CNA