El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó el reglamento que regula la obtención, uso y funcionamiento de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” y sus tres anexos.
Mediante Resolución Ministerial Nº 204-2021-MIMP, se delega a la Dirección General Contra la Violencia de Género, la facultad de revocar las Licencias de Uso otorgadas a las personas jurídicas públicas o privadas usuarias de dicha licencia, de acuerdo con lo señalado en el reglamento.
La norma, publicada hoy en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, dispone que el reglamento aprobado surtirá efectos frente a terceros a partir de su inscripción en el registro correspondiente del Instituto Nacional de Defensa y de la Protección a la Propiedad Intelectual (Indecopi).
En su artículo 4, la norma agrega que la Dirección General Contra la Violencia de Género, una vez inscrito el reglamento en Indecopia, pondrá en conocimiento esta resolución a las personas jurídicas usuarias de las Licencias de Uso, al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a las instituciones vinculadas a la materia.
Asimismo, deja sin efecto la Resolución Ministerial Nº 184-2011-MIMDES que institucionalizó el reconocimiento del Sello “Empresa Segura Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”.
También deja sin efecto la Resolución Ministerial Nº 172-2018-MIMP que aprobó el Reglamento de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”.
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(FIN) CCH
Publicado: 27/7/2021