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Normas Legales: Oficializan ley para el congelamiento de cuentas vinculadas a extorsiones

Foto motivo, como actúan las organizaciones criminales dedicadas a la modalidad del préstamo express e ilegal de “gota a gota” cometerían no solo el delito de usura sino también de lavado de activos, lesiones, extorsión, homicidio.
Foto: ANDINA/ Eddy Ramos

Foto motivo, como actúan las organizaciones criminales dedicadas a la modalidad del préstamo express e ilegal de “gota a gota” cometerían no solo el delito de usura sino también de lavado de activos, lesiones, extorsión, homicidio. Foto: ANDINA/ Eddy Ramos

08:09 | Lima, dic. 20.

El Congreso de la República oficializó la norma que dispone el congelamiento administrativo inmediato de las cuentas bancarias cuyos titulares se encuentren presuntamente vinculados al delito de extorsión, a fin de fortalecer la lucha contra este delito.

El dispositivo, que fue aprobado por insistencia por el Parlamento la semana pasada, se publicó este viernes en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Allí se establece que las unidades especializadas de la Policía Nacional del Perú (PNP) pueden requerir a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF) el congelamiento de fondos o activos presuntamente vinculados al delito de extorsión, el cual pone a conocimiento del Ministerio Público.


Ello lo podrá hacer la PNP luego de recibir una o más denuncias por esta figura delictiva y determinar la urgencia de las circunstancias o el peligro en la demora, siempre que sea necesario por la dimensión y naturaleza de la investigación.


Además, la Policía deberá acompañar su requerimiento a la UIF con pruebas que sustenten el congelamiento administrativo de los referidos fondos o activos.

En tanto, el Poder Ejecutivo deberá adecuar el Reglamento de la Ley 27693, Ley que crea la UIF, en un plazo no mayor de 60 días calendario, contados a partir de su entrada en vigor.

Por su parte, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) dictará las medidas necesarias para el cumplimiento de la norma.


Por último, se incorpora una disposición complementaria mediante la cual se faculta a la Policía Nacional a interceptar las comunicaciones ilegales que provengan de los establecimientos penitenciarios con la finalidad de prevenir, investigar y perseguir el delito, en ejercicio de sus acciones de inteligencia.

El dispositivo legal lleva la firma del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana; y la primera vicepresidenta de dicha institución, Patricia Juárez.

(FIN) MCA/CVC
JRA


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Publicado: 20/12/2024