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Publican Ley para fortalecer cadenas productivas del café y cacao

Se declara de interés nacional, la creación del Instituto Nacional del Café

ANDINA/Difusión

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08:30 | Lima, abr. 29.

Mediante la Ley Nº 31460 el Congreso de la República dispuso el fortalecimiento de las cadenas productivas del café y del cacao con la finalidad de mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad de estos recursos.

La presente ley, publicada por el Poder Ejecutivo, tiene por objeto fortalecer las cadenas productivas del café y el cacao para mejorar su productividad, competitividad y sostenibilidad, en el marco de la Ley 28846, Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas y Conglomerados, y del Plan Nacional de Acción del Café Peruano 2019-2030, aprobado mediante el Decreto Supremo 010-2019-Minagri.

En ese sentido, se autoriza al Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) a crear, mejorar e implementar estaciones experimentales agrarias (EEA) con infraestructura y equipamiento tecnológico adecuado e investigadores para ampliar su ámbito de intervención en la producción del café y del cacao en todos los departamentos donde se cultiven dichos productos, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales del café y del cacao.

Igualmente, se autoriza al Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) a crear, mejorar e implementar centros de innovación productiva y transferencia tecnológica (CITE) con infraestructura y equipo tecnológico adecuado y personal especializado, para ampliar su ámbito de intervención en las cadenas productivas del café y el cacao en todos los departamentos donde se cultiven dichos productos.


Disposiciones 

En la norma se dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Descentralización, priorice fortalecer los mecanismos de coordinación y articulación con los gobiernos regionales, a efectos de establecer agencias de desarrollo regional (ARD) en todos los departamentos donde se cultive café o cacao, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales del café y del cacao, y potenciar la economía en dichos departamentos. 

Asimismo, se dispone que los gobiernos regionales en cuyos departamentos se cultive café o cacao prioricen la conformación de agencias regionales de desarrollo como mecanismos de coordinación y articulación intersectorial e intergubernamental para impulsar las cadenas de valor de estos recursos, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales del café y del cacao, y potenciar la economía en dichos departamentos. 


Institutos regionales del café o del cacao

En la norma se autoriza a los gobiernos regionales a crear, construir e implementar institutos regionales del café o del cacao, según sus necesidades y en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), dedicados a la investigación científica, innovación tecnológica y transferencia de tecnología en la producción, industrialización, comercialización, capacitación y gestión de la cadena productiva del café y del cacao.

Ello apuntando a mejorar su productividad, competitividad y sostenibilidad, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales de dichos recursos, priorizando su creación como asociaciones público-privadas en el marco del Decreto Legislativo 1362, Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, procurando la participación de las universidades.

La implementación de lo establecido en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades correspondientes.


Instituto Nacional del Café

Finalmente, se declara de interés nacional, en el marco de la Ley 28846, Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas y Conglomerados, la creación del Instituto Nacional del Café, dedicado a la investigación científica, innovación tecnológica y transferencia de tecnología en la producción, industrialización, comercialización, capacitación y gestión de la cadena productiva del café, con la finalidad de brindar servicios a los agricultores, asociaciones, cooperativas y empresas para mejorar la productividad y competitividad empresarial en todo el ámbito nacional. 

El Instituto Nacional del Café tendrá sedes en la provincia de San Ignacio, en el departamento de Cajamarca, y en los departamentos de San Martín, Junín, Amazonas, Puno y Ayacucho. 

Los ministerios de Desarrollo Agrario y Riego y de la Producción, en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), son los encargados de promover el diseño, financiamiento, construcción y operación del Instituto Nacional del Café como una asociación público-privada, en el marco del Decreto Legislativo 1362, Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, procurando la participación de las universidades.


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(FIN) NDP/JJN

Publicado: 29/4/2022