Considerando el contexto macroeconómico -se proyecta una caída del PBI de 0.5% para el año 2023- y que se mantiene un alto grado de incertidumbre sobre su evolución futura por los posibles efectos derivados del Fenómeno El Niño, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N.°0274-2024, modificó los cronogramas de adecuación de diversas disposiciones regulatorias asociadas a la solvencia del sistema financiero.
El objetivo de esta medida es brindar a las entidades financieras un plazo adicional para que puedan ejecutar sus planes de fortalecimiento patrimonial.
De acuerdo con la norma, publicada hoy en el Diario Oficial, se ha postergado el incremento del límite global de solvencia o ratio de capital global a 9.5% en marzo de 2024 al próximo mes de setiembre. El retorno de este límite global a 10% ha sido postergado de setiembre de 2024 a marzo de 2025.
Ajustes
Como se recuerda, ante el impacto del estado de emergencia nacional, debido a la pandemia del covid-19, en la economía peruana, en marzo de 2021 se redujo temporalmente el límite global de solvencia de 10% a 8% (aplicable por el periodo de abril 2021 a agosto de 2022), estableciéndose un cronograma gradual de retorno a 10%. Así, el límite global pasó a 8.5% en setiembre de 2022, a 9% en abril de 2023, correspondiendo su incremento a 9.5% en marzo de 2024.
Asimismo, con relación al cronograma de deducción de activos intangibles del patrimonio efectivo de las empresas del sistema financiero, se ha dispuesto mantener el porcentaje de deducción en 70% hasta diciembre de 2024, previéndose un incremento al 80% a partir de enero de 2025.
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(FIN) NDP/SDD