El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) saluda la reciente disposición del Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que ordena al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) inscribir a dos ciudadanas como madres del niño de iniciales D. A. D. T. en su DNI.
En su sentencia, el juez Jonathan Valencia subrayó que “la decisión de no inscribir a ambas madres responde a una interpretación que deja al niño en la situación de mayor vulnerabilidad”.
En esa línea, el magistrado exhortó al Reniec a tener en cuenta “el interés superior del niño al momento de emitir actos administrativos en los cuales se pueda generar indefensión y perjuicio”.
Esta decisión constituye un hito en la lucha por los derechos fundamentales y está alineada a la normativa nacional que protege los derechos de las mujeres en su diversidad, especialmente a lo dispuesto en la Política Nacional de Igualdad de Género, que, a través de su objetivo prioritario 6, busca reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población.
El Mimp reafirma su compromiso de seguir trabajando para promover el ejercicio pleno de la ciudadanía de todas las mujeres y la construcción de un país igualitario y libre de discriminación.
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Publicado: 14/10/2021